Requisitos de la Terminación Anticipada
1.- Razonabilidad.2.- Proporcionalidad.3.- Legalidad.4.- Suficiencia de los elementos de convicción que se han recopilado durante la investigación.
Estos requisitos son los que precisamente el juez va verificar en la audiencia; ya que el juez verificara si la pena es razonable y proporcional, lo mismo hará con la reparación civil. El fiscal no solo es persecutor del delito, sino también lo será de la reparación civil, pero el código procesal penal establece que el fiscal tiene legitimidad para perseguir la reparación civil, pero la excepción la señala el propio código y se produce cuando el agraviado se constituye como actor civil, entonces; cesa la legitimidad del fiscal para perseguir la reparación civil porque ya hay una persona que va a perseguirla de acuerdo a sus propios intereses.
INCIDENCIAS EN LA TERMINACION ANTICIPADA
1.- Si el agraviado no es invitado para el acuerdo previo o el agraviado se hizo presente en la audiencia y no esta conforme con la reparación civil que ha presentado el fiscal, entonces podría promover una incidencia, la cual seria una apelación.2.- Si bien escierto que el código señala que la terminación anticipada es una forma de concluir el proceso, en su aplicación se dan incidencias como en el caso del Articulo 468º inciso 7º del código procesal penal que proscribe que la resolución que desaprueba el acuerdo puede ser o no apelada, pero el Articulo 416 inciso 1 del código, autoriza apelar a la parte contra autos que ponen fin al procedimiento.3.- ¿Podrá el Juez absolver con una terminación anticipada que ha considerado que no hay suficientes elementos de convicción?Lo que logra el fiscal con el imputado es un acuerdo provisional sobre pena y reparación civil, pero no hay acusación; y si no hay acusación no se puede absolver; lo que tiene que hacer el juez es desaprobar ese acuerdo si considera que no hay suficientes elementos de convicción que vinculan a esa persona con el hecho.
COMO OPERA LA TERMINACION ANTICIPADA.
1.- A iniciativa del Imputado.2.- A iniciativa del fiscal.
FUNCION DEL ABOGADO DURANTE LA TERMINACION ANTICIPADA.
Se debe tener en cuenta que si se llego a un acuerdo, ese acuerdo va a ser fruto de una negociación; negociación de pena, de reparación civil y de lasconsecuencias accesorias, lo que significa que el imputado tendrá que aceptar los cargos y se debe recordar que la Constitución Política del Estado prevé el derecho a la no incriminación, a la no autoinculpación; entonces, el Fiscal en el momento que esta desarrollando la audiencia privada de terminación anticipada, tendrá que explicarle claramente los alcances y las consecuencias de la terminación anticipada al imputado porque ello implicaría una aceptación de los cargos y una aceptación de ser pasible a la aplicación de una pena, a la aplicación de una reparación civil y a unas consecuencias accesorias si es que el caso lo amerita.De tal forma, la presencia del abogado es fundamental, incluso el juez en la audiencia de Terminación Anticipada tendrá que preguntarle al imputado si es que el entiende o no entiende los alcances del acuerdo que ha firmado y le pregunta al imputado si ha sido libre, voluntaria y conciente su firma en ese acuerdo y si es conciente o no de que si acepta los cargos será pasible de la aplicación de una pena, tendrá que pagar una reparación civil y unas consecuencias accesorias si el delito que ha cometido lo amerita.www.millerpumarios.net.ms