Revista Salud y Bienestar

Requisitos para percibir una incapacidad permanente total por accidente de trabajo

Por Pedirayudas @Pedirayudas
Requisitos para percibir una incapacidad permanente total por accidente de trabajo

La Incapacidad Permanente Total es aquella que se reconoce a un trabajador que, por su dolencia o padecimiento, se encuentra inhabilitado para el desempeño de las tareas propias de su trabajo actual.

En este artículo vamos a ver cuáles son los requisitos claves para percibir una incapacidad permanente por accidente de trabajo y cuánto se cobra.

Requisitos de la Incapacidad Permanente Total

Los requisitos son los siguientes:

  1. Tener menos de 65 años, o haber llegado a esa edad siendo la causa de la incapacidad una contingencia común pero no tener los requisitos para poder acceder a la jubilación contributiva.
  2. Estar de alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social: Si la incapacidad deriva de enfermedad profesional o accidente de trabajo, y el empresario no hubiera dado de alta al trabajador, éste recibirá el alta del INSS.

Si la incapacidad permanente total deriva de accidente de trabajo (sea laboral o no) o enfermedad profesional, el INSS no exige ningún requisito de cotización para tener derecho a este tipo de pensión.

Cuánto se cobra por Incapacidad Permanente Total en caso de accidente de trabajo

La base reguladora por contingencias profesionales se obtiene dividiendo entre 12 la suma de:

  • El salario diario, en la fecha del accidente de trabajo, multiplicado por 365 días.
  • Antigüedad diaria; multiplicada también por 365 días.
  • Las pagas extraordinarias y demás retribuciones mensuales, multiplicándolas por el importe total percibido en el año anterior al del hecho causante.
  • Dividir los pluses, retribuciones complementarias y horas extraordinarias percibidas en el año anterior entre el número de días efectivamente trabajados en dicho período.
  • Multiplicar el resultado por 273, salvo que el número de días laborales efectivos sea menor, en cuyo caso se aplicará el multiplicador que corresponda.

Una vez hallada la base reguladora, y si se demuestra que ha habido un incumplimiento de las medidas de prevención, seguridad o salud en el trabajo, se podrá aplicar un aumento en la prestación de entre el 30% y el 50%.

En este cálculo, la suma de las bases no puede exceder del límite máximo de cotización vigente en cada momento, ni ser inferior al tope mínimo.

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