RURAL AL NATURAL.
El mes de septiembre, mes de inicio del “Curso Cinegético” en Aragón.
El mes de septiembre marca la vuelta al cole de los escolares, y la de los cazadores a nuestros campos.
Son numerosas las especies cinegéticas que durante el mes de septiembre se abre su período hábil, tal y como establece en el artículo 6 de la ORDEN de 3 de junio de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan General de Caza para la temporada 2013-2014.
- El tercer domingo de septiembre, es decir, el día 15, finaliza el periodo hábil de la media veda y del conejo en los términos municipales relacionados en el Anexo II de la citada Orden. Municipios donde es conejo se considera “plaga”.
- El primer domingo de septiembre, el día 1, se inició este año el periodo hábil para la caza de la paloma en paso, permitido hasta el tercer domingo de noviembre, día 17.
- El segundo domingo de septiembre, el día 8, se ha iniciado el periodo hábil de caza del sarrio, el cual se extenderá hasta el tercer domingo de diciembre, el día 15.
2º domingo de septiembre a 3er domingo de diciembre.
Asimismo, este tercer domingo de septiembre, es decir, el día 15, se inicia el periodo hábil de las siguientes especies cinegética en Aragón:
- El Jabalí, Ciervo, Gamo y Muflón su periodo hábil se extiende hasta el cuarto domingo de febrero de 2014, el día 23.
- El Corzo, en batida de Jabalí, el periodo hábil se extiende hasta el cuarto domingo de febrero de 2014, el día 23. Los machos venían pudiéndose cazar en Rececho, desde primavera, concretamente desde el 1 de marzo o abril, dependiendo del municipio si está incluido o no en el anexo nº 5 del Plan General de Caza de Aragón 2013-2014.
- El Zorro, el período hábil se extiende hasta el primer domingo de febrero de 2014, el día 2. Aunque a efectos prácticos, realmente es cazable practicamente todo el año mediante diferentes modalidades. (Ver Orden).
JABALÍ ( Sus scrofa )
- Las modalidades permitidas para la caza del jabalí son las batidas o resaques, al salto, el rececho o rastro y las esperas o aguardos.
- No se establece límite alguno de capturas en el jabalí.
- Queda prohibida la caza de hembras seguidas de rayones.
- Jabalí al salto: Esta modalidad sólo podrá realizarse por un máximo de 6 cazadores.
CIERVO ( Cervus elaphus )
- Las modalidades autorizadas son la de rececho o al rastro y la batida. Las esperas nocturnas a ciervos autorizadas por daños sólo se permiten en los términos municipales que aparecen relacionados en el anejo 3 de la citada Orden.
- Queda prohibida la caza de hembras acompañadas de crías del año, varetos, así como la de ejemplares de menos de dos años de edad, salvo en los términos municipales del anejo 3.
SARRIO – REBECO ( Rupricapra pyrenaica pyrenaica )
- La modalidad autorizada es la de rececho o al rastro.
- Queda prohibida la caza de hembras acompañadas de crías del año, así como la de ejemplares de menos de dos años de edad.
CORZO ( Capreolus capreolus )
- Las modalidades autorizadas son la de rececho o al rastro, pudiendo cazarse también durante las batidas al jabalí. Las esperas se permiten en los términos municipales incluidos en el anejo n.º 5 de la citada Orden, y en aquéllos municipios donde haya daños contrastados. Se autorizará en lugares concretos, previa petición del interesado y con el acuerdo del titular del coto.
- Queda prohibida la caza de hembras acompañadas de crías del año, salvo en los términos municipales del anejo 5.
- Se podrán cazar las especies de caza mayor cuando el espesor continuo del manto de nieve sea inferior a los 50 cms., en los términos municipales relacionados en el anejo n.º 9 de la citada Orden.
- Aprovechamos para recordar brevemente ciertas normas o pautas que rigen la actividad cinegética para estas especies según el PLAN GENERAL DE CAZA PARA 2013-2014:
- Es obligatoria la recogida de los cartuchos utilizados durante la jornada cinegética en cualquier modalidad de caza realizada en puesto fijo.
HORARIO HÁBIL
- El horario hábil para la caza es el comprendido entre una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta, tomando del almanaque las horas de orto y de ocaso.
PRECINTOS
- La caza de ciervo, sarrio y corzo requiere ser marcado por medio del precinto que habrá facilitado el INAGA. Obviamente, en los casos supeditados a cupos, podremos abatir tantas piezas como precintos dispongamos.
- Los precintos empleados en los recechos deben estar en todo momento en posesión del titular de dicho rececho y deberán colocarse inmediatamente después de abatir la pieza y antes de abandonar el lugar de caza.
- Los precintos empleados en las batidas deberán colocarse al acabar la cacería y antes de abandonar el punto de reunión de la misma, necesariamente ubicado dentro del coto donde se realice la batida.
- En cualquier caso se colocará, debidamente cumplimentado, con el collarín pasado a tope y atravesando con el mismo una de las orejas del animal abatido o en la cuerna (corzo, ciervo y sarrio, en este último caso abarcando los dos cuernos).
RECECHOS
En cada rececho de sarrio, corzo y ciervo únicamente podrá participar un cazador pudiendo éste portar más de un precinto. Los recechos en las Reservas de Caza se regirán por su normativa específica. Los titulares de los cotos incluidos en los términos del anejo n.º 5 fijarán, conforme a esta modalidad, el número de recechos por día atendiendo a la superficie y condiciones del coto.
BATIDAS O RESAQUES
Con esta modalidad y dentro del período hábil, se podrán abatir tanto jabalí, ciervo y corzo como zorro.
- Las batidas o resaques deberán ser organizadas y autorizadas por escrito por el titular del coto. El escrito deberá obrar en posesión del responsable de la cuadrilla, y en él se reflejarán las zonas a batir, las personas y el día de la batida.
- El titular del coto (o el responsable de la cuadrilla) deberá señalizar, con señales resistentes a la intemperie y de dimensiones mínimas de formato A-4 horizontal, es decir, de 29 cm. de base y 21 cm. de altura, ubicados en los accesos principales, senderos balizados y cortafuegos, y de modo visible, que se está realizando una batida. La señalización deberá ser retirada una vez finalizada la jornada de caza.
- El cazador que intervenga en una batida deberá portar o bien una prenda (tipo chaleco, chaqueta, brazalete) de colores vivos (amarillo, naranja o rojo) o bien una prenda de cabeza que al menos incorpore una banda de dichos colores.
- Como medida de seguridad se autoriza a los resacadores a portar escopetas provistas de cartucho con bala o de perdigones del 10, 11 ó 12, admitiéndose un arma de fuego por grupo de perros. En ningún caso los resacadores podrán portar armas que disparen cartuchería metálica.
- Se autoriza la munición del doble cero para la caza de zorro en las batidas o resaques de jabalí.
- Sólo podrá haber dos armas de fuego por puesto de la batida
- Las batidas al jabalí en las Reservas de Caza se regirán por su normativa específica.
ESPERAS
Las esperas o aguardos podrán ser tanto diurnas como nocturnas, estas últimas se permiten únicamente para el control de daños a la agricultura. Deberán ser autorizadas por escrito por el titular del coto. El escrito deberá obrar en posesión del cazador y en él se reflejarán la identidad del cazador, el día de la espera y los datos concretos de polígono y parcela donde se va a realizar la espera.
TRANSPORTE DE PIEZAS DE CAZA
En el artículo 15 del mencionado Plan General de Caza establece los requerimientos para el transporte de piezas de caza para uso particular o para su transpote hasta un establecimiento de manipulación de caza.
“El responsable del transporte de piezas o partes de las mismas de ejemplares de caza mayor fuera del coto, Reserva o zona no cinegética donde hayan sido cazados deberá disponer de una autorización de transporte de las mismas según el modelo especificado en el Anejo n.º 8. Esta autorización será emitida y firmada por el responsable de la cacería. En el caso de tratarse de especies en las que sea necesario utilizar el precinto referido en el artículo 14 de esta orden, la autorización relacionará los precintos de las piezas de procedencia. Una misma autorización podrá servir para amparar el transporte de hasta 10 piezas, pudiéndose llevar tantas autorizaciones como sea preciso para transportar el resultado de la cacería. Cada autorización acompañará a las piezas o partes de las mismas hasta su destino final. En el caso de que la carne de caza vaya a ser comercializada esta autorización de transporte solo servirá para su transporte hasta un establecimiento de manipulación de caza según lo estipulado en el punto 3 del capítulo 2 de la sección IV del Reglamento CE 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.”
ABANDONO DE PIEZAS CAZADAS O SUS RESTOS
Con el objeto de favorecer las poblaciones de especies necrófagas se podrán abandonar en el mismo terreno donde hayan sido cazados las carnes, vísceras y restos de animales cazados. Se dispondrán en lugar despejado de vegetación [siendo recomendable lejos de núcleos urbanos, explotaciones ganaderas, ....]En todos los casos, estos restos se retirarán de los cauces de agua y lugares en las que ésta esté embalsada.
VALORACION ESPECIES CINEGÉTICAS
Valoración especies, entre otros, a efectos sancionadores:
Cabra montés 6.000 euros.
Sarrio, Ciervo, Corzo, Gamo, Muflón 3.000 euros.
Jabalí 300 euros.
Conejo y liebre 150 euros.
Perdiz roja 300 euros.
Becada 300 euros.
Otras especies cinegéticas 100 euros.
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41.648791 -0.889581