Una manifestación, es decir, una reunión pública, en espacios abiertos al aire libre, en la cual los asistentes a ella reclaman algo o expresan su protesta por algo, es una acción política. Comete, pues, una grave torpeza quien pretenda desacreditar esta acción civil garantizada por el artículo 21 de la Constitución española dando una connotación despectiva a su genuina naturaleza política.
El pasado domingo volví a participar en otra multitudinaria manifestación celebrada en Madrid en señal de protesta contra el grave deterioro de la Sanidad pública regional. En ambas ocasiones el motor que ha guiado mis pasos hasta Cibeles se alimenta del notable cabreo que experimento ante la desfachatez con que el Gobierno de la Comunidad de Madrid encara la crítica situación de los servicios sanitarios de su competencia. Deterioro que me afecta, tanto desde la perspectiva del ciudadano consciente de sus derechos, como desde el ámbito personal. A estas alturas de la vida, uno se resiente de varios quebrantos de salud de los que vamos saliendo adelante gracias al excelente desempeño profesional del personal sanitario. Eso sí, una vez que consigo ser atendido tras desesperantes periodos de espera hasta obtener una cita de consulta o intervención clínica.
Este cabreo de primera instancia se agudiza cuando uno tiene que interrumpir el descanso propio del ocio dominical para tomarse la molestia de participar en una protesta. Un trabajo cívico que sería innecesario si los responsables políticos cumplieran con su obligación de mantener los servicios de la Sanidad pública funcionando debidamente.Pero el cabreo alcanza su máximo nivel al enterarme de que los integrantes del gobierno regional, con su presidenta Isabel Díaz Ayuso a la cabeza, pretenden desacreditar esta potente defensa ciudadana de la Sanidad pública afirmando que se trata de una "manifestación política". Torpe adjetivación que sugiere que, para Díaz Ayuso, la política es o bien una acción impropia, o bien una actividad reservada en exclusiva a la gente bien pagá como ella misma.Ordenaremos el tablero pese a que hay evidencias que causa sonrojo tener que explicarlas: el agua moja, el fuego quema, la leche es blanca, los pájaros no maman y las manifestaciones son políticas. Faltaría más.Según el DRAE, manifestación (Del latín manifestatio, -onis) es la acción y efecto de manifestar o manifestarse. ‖ Reunión pública, generalmente en espacios abiertos al aire libre, en la cual los asistentes a ella reclaman algo o expresan su protesta por algo.❒ La libertad de expresión, manifestación o reunión son derechos fundamentales de las personas y están protegidos la Constitución española, cuyo Artículo 21 dice:1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.De entre las distintas acepciones que recoge el DRAE para la voz política (Del lat. politĭcus, y este del griego πολιτικός politikós; la forma femenina, del gr. πολιτική politikḗ.)., nos quedaremos con las siguientes:1. adj. Perteneciente o relativo a la política (‖ doctrina).2. adj. Perteneciente o relativo a la política (‖ actividad).7. f. Arte, doctrina u opinión referente al gobierno de los Estados.8. f. Actividad de quienes rigen o aspiran a regir los asuntos públicos.9. f. Actividad del ciudadano cuando interviene en los asuntos públicos con su opinión, con su voto, o de cualquier otro modo.
Por su parte, en el ámbito anglosajón, la ciencia política diferencia entre los tres conceptos Polity, Policy y Politics.
Polity puede resumirse en las reglas del juego, un aura abstracta que envuelve todo el sistema político de un país u organización concreta. Policy es una acción de gobierno específica, cuyos efectos se pueden sentir, apreciar y evaluar. Y por último Politics es el concepto que se refiere a hablar, dedicarse o hacer política, y se puede resumir en el trabajo que tienen los analistas, comentaristas y, sobre todo, nuestros gobernantes.
Y luego... están las ocurrencias.
Si las privatizaciones son condenables en sí mismas, cuando de las mismas se derivan efectos letales para la salud de las personas, podemos decir, sin pelos en la lengua, que estamos ante una acción política fronteriza con lo criminal. Contra la cual, y en legítima acción política, protesta el sector más consciente de la ciudadanía madrileña._______________________________Y por cierto, ya que de protesta estamos hablando, por si el nivel de cabreo ciudadano necesitara ser encauzado por alguna vía eficaz, no me resisto a dejar aquí algunas notas referidas al: ● derecho de resistencia Derecho legítimo de toda persona a resistir a la opresión con los medios a su alcance. Es el ius resistendi (lat.), diritto de resistenza (ital.), Widerstandrecht(al.). En definición de J. Fetscher, «derecho del pueblo o sus representantes, a la resistencia contra un poder estatal ilegítimo». ❒ El concepto surge del discurso contra la tiranía iniciado en el siglo XVI y será recogido en los textos constitucionales producto de las revoluciones de finales del XVIII contra el poder absoluto. La Vindiciae contra tyrannos (1576) de Philippe du Plessis-Mornay es uno de los más famosos alegatos contra el absolutismo. Las teorías antimonárquicas en la línea de la Vindiciae se desarrollaron por escritores protestantes de Inglaterra y Países Bajos. Asimismo, es importante la contribución de la Escuela de Salamanca, representada por Francisco de Vitoria y Francisco Suárez. En el siglo XVIII, el derecho de resistencia se reformula bajo las ideas de la Ilustración y se sustancia en las Constituciones de EE. UU. (1776) y Francia (1789). Queda reflejado en la temprana Constitución de Virginia: Cuando un gobierno resulta inadecuado o es contrario a estos principios [vida, libertad, seguridad y búsqueda personal de la felicidad] una mayoría de la comunidad tiene el derecho indiscutible, inalienable e irrevocable de reformarlo, alterarlo o abolirlo de la manera que se juzgue más conveniente al bien público.