El pasado 22 de octubre se publicó en el B.O.E. la Resolución de 19 de octubre de 2015, de la Dirección General de Empleo por la que se ha publicado la relación de fiestas laborales para el año 2016.
Según el calendario, habrá 7 días festivos nacionales “no sustituibles” y uno, el de Reyes, que será sustituible pero que todas las Comunidades Autónomas lo han mantenido.
Los festivos serán 8 y coincidirán en toda España:
- 1 de enero, Año Nuevo (viernes)
- 6 de enero, Epifanía del Señor (miércoles)
- 25 de marzo, Viernes Santo
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen (lunes)
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España (miércoles)
- 1 de noviembre, Todos los Santos (martes)
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española (martes)
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción (jueves)
Dos de las fiestas tradicionales, el 1 de mayo (fiesta del trabajo) y el 25 de diciembre (Natividad del Señor), no se incluyen en el mismo por caer en domingo, si bien, pasan automáticamene a los dos siguientes lunes respectivamente (2 de mayo y 26 de diciembre), y serán festivos en las siguientes Comunidades Autónomas:
- 2 de mayo: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla y León, Extremadura y Madrid
- 26 de diciembre: en todas las regiones menos en Canarias, Galicia, País Vasco y La Rioja
El Jueves Santo (24 de marzo), será festivo en todas las Comunidades Autónomas excepto Cataluña, y el Lunes de Pascua (28 de marzo), será festivo en Cataluña, País Vasco, La Rioja, Navarra, Comunidad Valenciana y Baleares.
El 19 de marzo, fiesta de San José, será festivo únicamente en la Comunidad Valenciana, Murcia y en la Ciudad Autónoma de Melilla.
El 25 de julio (Santiago Apóstol), sólo será festivo en Galicia, Madrid, Navarra, País Vasco y la Rioja.
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