Revista Empresa
Como ya hemos dicho varias veces en otros posts las vacaciones no pueden sustituirse por dinero, esto es, necesariamente tengo que irme a casa y descansar, no pudiendo mi empresario compensarme económicamente ese tiempo y hacerme ir a trabajar (lo sé, lo sé, estarás pensando "Pues yo lo he hecho", pero entenderás que no todo lo que hacemos es legal), sobre todo recuerda que a 31 de diciembre la cuenta de vacaciones empieza de 0 (excepto temas de bajas como ya hemos hablado en el blog) es decir las vacaciones a las que tienes derecho en el año, si no las disfrutas antes del 21 de diciembre las pierdes (de nuevo me dirás pues una vez yo llegué a un acuerdo con mi empresario y las cogí en febrero del año siguiente, de nuevo te digo lo mismo, todo lo que hacemos no es legal)
Ahora bien imaginemos que todo va bien y cojo vacaciones ¿puede trabajar para otra empresa durante las mismas?Como casi siempre tenemos que ir al Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 38.1 nos dice que no puedes trabajar durante las vacaciones para la misma empresa, pero ¿y para otra?, pues resolvemos el misterio el Tribunal Constitucional ha dicho que sí, que se puede.
¿Tengo que decirle a mi empresa que durante las vacaciones voy a trabajar en otra?
Sí, en la situación de pluriempleo, que es en la que nos encontramos, la persona trabajadora debe informar a sus empresas de esta situación, para que entre ellas se pongan de acuerdo a la hora de cotizar y no coticen de más por ese trabajadorY hasta aquí el post de hoy, esperamos poder actualizar más a menudo, dejadnos en comentarios sobre qué temas queréis que hablemos