Revista Jurídico

Seguros personales, ¿qué son y para qué sirven?

Por Oresybryan @OresyBryan

Los seguros personales son pólizas que protegen al asegurado frente a aquellos riesgos que puedan ocasionar un perjuicio económico para él o para su familia

La protección personal y familiar son aspectos muy importantes y solemos preocuparnos y analizarlos. ¿Qué pasará con la hipoteca si me ocurre algo?, ¿y con los míos el día que falte?. Son algunas de las preguntas que nos hacemos a menudo y nos generan muchas dudas e inseguridades. Y para garantizar esa protección es necesario la contratación de un seguro personal. Los seguros personales son pólizas que protegen al asegurado de los riesgos que perjudiquen a él o a su familia. Las aseguradoras ofrecen cuatro modalidades básicas: seguros de vida, seguros de accidentes personales, seguros de salud o enfermedad y seguros de dependencia.

Seguros de vida

Tipo de póliza que asegura una cantidad de dinero a sus seres queridos en caso de que el asegurado fallezca. El asegurado sería la persona de cuya vida depende el cobro de la póliza, el tomador es quien paga el seguro y el beneficiario el que percibirá el dinero en caso del fallecimiento del asegurado.

Seguros de accidente personales

Es el 2º tipo de seguro personal con mayor presencia en el mercado. El propósito de este seguro es ofrecer una indemnización en caso de que el asegurado sufra un accidente que le cause una incapacitación laboral. Los seguros de accidente son muy habituales en profesiones de riesgo, o en futbolistas, baliarines. etc.

Seguros de salud o enfermedad

Son pólizas diseñadas para cubrir las necesidades sanitarias del asegurado y su familia. Hay diversos tipos de seguros de salud, desde los centrados en la asistencia médica hasta los que ofrecen el reembolso de los gastos médicos.

Seguros de dependencia

Es una clase de seguro bastante nuevo el cual garantiza una indemnización en caso de que el asegurado sufra algún accidente o enfermedad que le imposibilite valerse por sí mismo. Las cantidades a percibir podrán obtenerse en forma de renta mensual vitalicia, capital abonado en un solo plazo o mediante la prestación de algún servicio asistencial.


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