Revista Jurídico
La sociedad conyugal se forma entre dos personas y nace en razón del matrimonio, en este el patrimonio está integrado por activos y pasivos destinados a repartirse entre los cónyuges por partes iguales al momento de la disolución de la sociedad.
El patrimonio se conforma por
Haber Absoluto. que son aquellos bienes que ingresan al patrimonio de la sociedad y están destinados a repartirse entre los cónyuges al momento de la disolución.
Haber Relativo. que son aquellos bienes que aportan los cónyuges a la sociedad, quedando esta obligada al momento de la disolución a devolverlos si existen o restituir su valor.
Los Pasivos. Son deudas sociales que al momento de la disolución de la sociedad conyugal existan para los cónyuges y tienen la obligación de liquidar.
Para que se puedan repartir los bienes de la sociedad conyugal, es necesario que ésta termine por alguna de las siguientes causales:
• Muerte de uno de los cónyuges.
• Declaración de nulidad del matrimonio.
• Sentencia que declara eldivorcio perpetuo.
• Sentencia que declara la separación de bienes.
• Cuando los cónyuges de común acuerdo pactan el régimen de separación de bienes o participación en los gananciales.
Es necesario tener presente que aunque termine la sociedad conyugal, la mujer no puede disponer de la mitad de bienes que le corresponde, pues para ello es necesaria la liquidación de la sociedad conyugal, a través de la cual se reparten los bienes.
La liquidación de la sociedad conyugal se puede realizar:
• Si hay acuerdo entre los cónyuges, por escritura pública en una notaría.
• Si no hay acuerdo entre los cónyuges, cualquiera de los dos puede solicitar la partición, para lo cual requiere contar con el patrocinio de un abogado/a. Actualmente los Centros de Mediación que existen en algunas comunas del país, toman causas por partición, gratuitamentewww.millerpumarios.net.ms