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¿Su empresa ya cumple con el Registro Salarial Obligatorio?

Publicado el 10 febrero 2022 por Icaro @ateneo

Entre las medidas que ha puesto en marcha el Gobierno para fomentar la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral se encuentra la obligación de registrar los salarios de los empleados por parte de la empresa.

El Real Decreto 902/2020 entró en vigor el 14 de abril de 2021. A partir de ese día todas las empresas de España tienen la obligación de realizar el registro retributivo.

El registro salarial o registro retributivo es el documento en el que se reflejan los valores medios de los sueldos de los empleados de una empresa. Este registro incluye las percepciones extrasalariales y complementos salariales desagregados por sexos y diferenciados según grupos profesionales, edad o categorías profesionales. Es decir, es el documento en el que se recoge toda la información salarial de la empresa, mostrando de forma separada las retribuciones de las mujeres y hombres de la plantilla.

El incumplimiento de la obligación de llevar el registro salarial por parte de la empresa se considera una infracción grave, tal y como se recoge en la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (artículos 7.5 y 13). La sanción puede suponer una multa con importes que oscilan de los 751 a los 7.500 euros. Además de las posibles sanciones accesorias que se pueden imponer por no cumplir con las medidas de igualdad, como perder ayudas y subvenciones o cualquier beneficio derivado de la aplicación de los programas de empleo.

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