Revista Salud y Bienestar

Subsidios por desempleo

Por Pedirayudas @Pedirayudas

Los subsidios por desempleo son ayudas a las que pueden acceder los trabajadores que hayan agotado la prestación contributiva o no puedan solicitarla, y cumplan todos los requisitos requeridos para percibirlos. Los subsidios son de carácter asistencial, es decir, no los puede percibir quien tenga suficientes ingresos propios.

Tipos de subsidios por desempleo:

1- Ayuda Familiar tras prestación por desempleo
  • Prestación para personas que han agotado la prestación por desempleo y tienen cargas familiares.
2- Subsidio por insuficiencia de cotización
  • El Subsidio por insuficiencia de cotización o subsidio por desempleo es una ayuda de 426 euros al mes que se percibe en función de si el solicitante tiene o no cargas familiares
3- Subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares
  • Este subsidio esta dirigido a personas trabajadoras que han agotado la prestación contributiva, tienen 45 años o más y no tienen responsabilidades familiares a su cargo.
4- Subsidio para mayores de 55 años
  • Se trata de un ayuda económica que se concede hasta la jubilación para quienes tienen más de 55 años y cumplen determinados requisitos de cotización
5- Subsidio para emigrantes retornados
  • Pueden solicitar este subsidio los españoles que hayan trabajado en el extranjero, excepto los que lo hicieron en los países pertenecientes al Espacio Económico Europeo, Australia o Suiza.
6- Subsidio por revisión de una incapacidad
  • Este subsidio lo podrán percibir las personas trabajadoras que sean declaradas plenamente capaces o inválidas parciales como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez permanente absoluta o total para la profesión habitual.
7- Subsidio para liberados de prisión 
  • Si eres liberado o liberada de prisión, existe un subsidio que puedes percibir al menos durante 6 meses, siempre que la privación de libertad haya sido por un tiempo superior a seis meses.
8- Renta agraria
  • Renta para trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social Residentes en la Comunidad Autónomas de Andalucía y Extremadura.

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