Revista Salud y Bienestar

Tengo 52 años y estoy en situación de desempleo ¿puedo solicitar alguna ayuda?

Por Pedirayudas @Pedirayudas

En los tiempos que corren, las ayudas disponibles para ciertos sectores de la población parecen ser inexistentes. Sin embargo aunque sean pocas, las personas mayores de 52 años tienen la posibilidad de acogerse a alguno de los siguientes prestaciones y subsidios. Siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.

Este quizá sea el más evidente para este grupo de población. Se trata de una prestación para desempleados de larga duración que hayan cumplido ya los 52 años. Los requisitos son: no tener ingresos de más del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), estar dado de alta como demandante de empleo, estar suscrito al compromiso de actividad (BAE), y haber cotizado al menos 15 años durante el periodo laboral. En los últimos 15 años anteriores a la solicitud debe haber cotizado como mínimo dos años. Y, además, tendrá que haber cotizado al menos seis años al desempleo durante su vida laboral.

Además, la persona solicitante, tendrá que cumplir con las condiciones que marca la Seguridad Social para acceder a la pensión contributiva de jubilación.

El SEPE pagará 451 euros mensuales, hasta que la persona tenga edad para jubilarse, encuentre trabajo, o deje de cumplir con los requisitos necesarios.

Para conocer los requisitos pincha en este enlace.

Este subsidio está dirigido hacia aquellas personas que no han sumado tiempo de alta a la Seguridad Social suficiente para poder pedir la prestación por desempleo. Si existen responsabilidades familiares, el mínimo de cotizaciones es de 3 meses, y para aquellos que no las tengan, de 6 meses.

Si el demandante de empleo en cuestión, no puede acceder al subsidio para mayores de 52 y cumple los requisitos establecidos, podría pedir esta ayuda. El importe que el SEPE abonará una vez concedido será de 451 euros mensuales.

Se trata de un subsidio para aquellas personas que retornen al país, y que podrán recibir siempre y cuando no puedan acceder al subsidio de mayores de 52.

El SEPE ingresará 451 euros mensuales, durante seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de dieciocho meses.

Los requisitos son: estar desempleado, suscrito al compromiso de actividad (BAE), no llegar al 75% de los ingresos del SMI y acreditar haber trabajado como mínimo doce meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo, el trabajo se debe haber realizado en todo caso contando con la nacionalidad española.

Para conocer todos los requisitos pincha en este enlace.

El Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) es una ayuda extraordinaria que sustituye al antiguo Plan Prepara y al Programa de Activación para el Empleo (PAE). Aquellos que la solicitan pueden beneficiarse de hasta 451,92 euros mensuales durante seis meses.

Aunque esta ayuda no se enfoca específicamente a los mayores de 52 años, es un subsidio accesible para las personas desempleadas de larga duración con responsabilidades familiares.

Para conocer todos los requisitos pincha en este enlace.

Este subsidio es para personas que salen en libertad tras haber pasado un mínimo de 6 meses cumpliendo condena.

Esta ayuda, a la que pueden optar los ex presidiarios de más de 52 años con problemas para regresar al mercado laboral, la cuantía será de 451 euros mensuales.

Los requisitos generales son: estar dado de alta como demandante de empleo, haber cumplido 6 meses de privación de libertad, carecer de rentas superiores al 75% del SMI, suscribir el compromiso de BAE, y no tener derecho a otra prestación.

Para conocer todos los requisitos pincha en este enlace.

Si bien no son ayudas específicas para este colectivo, también pueden acceder a las rentas mínimas de su comunidad autónoma, siempre y cuando reúnan los requisitos establecidos. Para informarse y tramitar la solicitud, es recomendable dirigirse a los Servicios Sociales Comunitarios de la zona en la que reside.

Para conocer todos los requisitos pincha en este enlace.

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación perteneciente a la Seguridad Social, es otra de las opciones disponibles para este colectivo.

Dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos, para cubrir sus necesidades básicas. El más que conocido IMV, que gestiona la Seguridad Social,

Esta prestación cuenta con una serie de requisitos con características complejas, que a grandes rasgos podríamos resumirlos así:

Para conocer todos los requisitos pincha en este enlace.

Información adicional

Tengo 52 años y estoy en situación de desempleo ¿puedo solicitar alguna ayuda?

Volver a la Portada de Logo Paperblog