Magazine

Una sentencia condenatoria en pleno proceso de paz

Publicado el 31 julio 2014 por El Nuevo Fígaro @elnuevofigaro

Ayer se hizo pública la sentencia del caso 35/02 de la Audiencia Nacional, referente al caso “Herriko Tabernak”, abierto en 2002, y por la que ha condenado a veinte dirigentes de la ilegalizada Batasuna a entre un año y tres meses y tres años de cárcel por un delito de integración o colaboración con organización terrorista al considerar que financiaron a ETA a través de las herriko tabernas. Han transcurrido doce años y la situación política y social de España es totalmente distinta a como lo era en 2002, cuando se abrió el caso.

Fue Baltasar Garzón quien inició la investigación tras la detención de once personas. Decretó el embargo de 75 herriko tabernas y que fueran administradas judicialmente. Asimismo, decretó la suspensión de actividades de Batasuna. Un año después, en 2003, Herri Batasuna fue ilegalizada. Ya en el año 2006, el Tribunal Supremo ordenó que varias comisiones judiciales hicieran inventario de dinero y bienes de las herriko tabernas, dentro de este proceso de liquidación de Batasuna. Así se registraron más de 120 locales. Finalmente, en 2008 Garzón concluyó el sumario y procesó a 43 personas. Ahí quedó todo.

Hasta ahora. El 17 de octubre de 2013, la Audiencia Nacional arrancó el juicio y, en marzo de este año, quedó listo para sentencia. De los 43 procesados iniciales, la Audiencia Nacional excluyó a cuatro: Arnaldo Otegi permanece encarcelado; Jon Idigoras murió en 2005; Juan Antonio Urrutikoetxea, Josu Ternera, está huido; y Jon Salaberria cumple cárcel en Francia desde 2008. De los 36 procesados restantes, otros dos –Josu Iraeta y José Antonio Egido– también fueron excluidos del juicio a petición de la defensa, ya que sus delitos habían prescrito. Asimismo, se excluyó a Askabide, una asociación dedicada a la atención a prostitutas de Bilbao, debido a una confusión del tribunal con una herriko taberna del mismo nombre.

Finalmente, aunque se han rebajado las penas, 20 dirigentes de Batasuna han sido condenados a entre un año y tres meses y tres años de cárcel por un delito de integración o colaboración con organización terrorista. Durante el juicio, la defensa argumentó que no se había probado una doble militancia de los acusados, por lo que no debería considerarse que exista vinculación con ETA. También defendió que no se puede considerar a Herri Batasuna como organización terrorista. Las mayores penas, de tres años de cárcel, han recaído sobre los exdirigentes Joseba Permach, Rufi Etxeberria, Juan Cruz Aldasoro, Joseba Álvarez y Karmelo Landa. El tribunal ha absuelto por falta de pruebas a otros 14 acusados.

¿Cuál es el problema?

Tanto Sortu como el PNV han valorado negativamente la sentencia. El primero, por boca de su portavoz, Pernando Barrena, ha afirmado que se trata de una “sentencia política” porque “pone en evidencia que “España sigue persiguiendo actividades políticas y, cuando puede, como es este caso, las castiga incluso con prisión”. Por su parte, el PNV considera que es un fallo judicial del pasado, sustentado en la “excepcionalidad” y basado en el argumento de que “todo es ETA”. Para el PNV, “el fallo judicial vuelve a ser un paso atrás en el proceso de normalización política que vive País Vasco”, y ha destacado que “no se entiende que doce años después de que se comenzara la instrucción del procedimiento, se llegue a un pronunciamiento judicial diverso, condenando a unos y absolviendo a otros procesados por una causa aparentemente idéntica”.

También la Red ciudadana por el Acuerdo y la Consulta, Lokarri, ha manifestado su total desacuerdo con la sentencia, argumentando que se han violado dos derechos importantes de la Constitución: el artículo 24, que garantiza un proceso sin dilaciones indebidas, y en este caso “han transcurrido doce años en los que los acusados han visto condicionadas sus vidas y su actividad política”; y el artículo 16, referido a la libertad ideológica, vulnerado bajo el argumento de “todo es ETA”, al considerar que “las personas que pueden compartir objetivos o ideología con ETA son parte de dicha organización”. Finalmente, Lokarri destaca el contexto histórico en que se ha dictado la sentencia, un contexto marcado por el final de la violencia y por la oportunidad de construir una convivencia pacífica y democrática: “El objetivo es lograr que ninguna persona sea amenazada o perseguida por sus opiniones o actividades políticas, garantizando la libertad y seguridad de todas las personas. Esta sentencia no ayuda en nada a conseguir dicho objetivo.”

En efecto, ese es el problema. Actualmente y desde hace ya tiempo, Euskadi está viviendo sus mejores momentos en cuanto al proceso de paz se refiere. Está siendo un proceso de paz real, sin intereses políticos –de hecho, el Partido Popular hace lo imposible por evitarlo–. Por ejemplo, en noviembre de 2012 en un acto en Barcelona, Pernando Barrena, portavoz de Sortu, pidió perdón a las víctimas por causar “daño añadido o sentimientos de humillación”. Asimismo, compartió acto con las hijas de Ernest Lluch y José María Portell, ambos asesinados por ETA. Otro ejemplo es el que se vive desde hace meses en la parroquia de San Carlos Borromeo de Madrid, donde se han realizado encuentros entre víctimas de ETA y víctimas de los GAL, apareciendo en ocasiones también víctimas del franquismo. Estas víctimas de ETA sí desean la paz y no la venganza, a diferencia de aquellas que conforman la AVT, cuyos intereses políticos y partidistas son superiores a cualquier deseo de paz.

Los neonazis, absueltos

Mientras la Audiencia Nacional envía a prisión a veinte personas que cometieron un delito –en ningún caso de sangre– hace doce años, la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a los 18 miembros del grupo neonazi Frente Antisistema (FAS), desarticulado en 2005 en Valencia y juzgado hace dos semanas. La absolución se ha producido por la anulación de las escuchas telefónicas que fueron autorizadas durante la fase de instrucción por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Carlet. El tribunal ha reprobado la decisión de dicho Juzgado por permitir esas escuchas y el posterior permiso para registrar los domicilios de los 18 sospechosos. En estos registros se encontraron armas prohibidas, incluido un lanzagranadas, así como abundante documentación negando el holocausto judío e incitando al odio racial. De hecho, varios investigadores de la Guardia Civil aseguraron durante el juicio oral que precipitaron los registros y la desarticulación del grupo por temor a que el grupo cometiera agresiones debido al llamamiento de “caza” por razón de etnia, orientación sexual o creencias religiosas.

Entre los procesados, para los que el fiscal pedía 42 años de cárcel, figuraban dos militares; el concejal de Silla de España 2000, José Alejandro Serrador; y el asesino confeso de Guillem Agulló, joven antifascista de dieciocho años asesinado en 1993, Pedro Cuevas. Estaban acusados de asociación ilícita con el fin de hacer proselitismo de la ideología nazi en su sede de Valencia y mediante Internet, así como por defender el uso de la violencia contra determinadas personas por razón de etnia, orientación sexual o creencias religiosas. De hecho, en las conversaciones intervenidas se escucharon joyitas como “¡Vamos a cazar a moros y guarros (antifascistas)!” o “Me llevo un pincho. Voy a hacer pupa. Hay que darles bien. Dejarlos mareados”.

Sin embargo, estas 18 personas han sido absueltas en su totalidad y, a pesar de la crudeza de las conversaciones, en la sentencia se subraya que no existían indicios objetivos de comisión de delito que permitieran vulnerar el secreto de las comunicaciones de los acusados.

IMAGEN: Karmelo Landa, uno de los exdirigentes de Batasuna condenados a tres años de cárcel. UKBERRI.NET


También podría interesarte :

Volver a la Portada de Logo Paperblog

Quizás te interesen los siguientes artículos :