Una vecina de Tarragona que en el año 2011 compró acciones de Bankia por importe de 5.100 euros y que dos años después las vendió por 67,47 euros recuperará su inversión inicial, según ha decidido un juez de Tarragona. Pero además, la entidad bancaria le tendrá que pagar los intereses legales desde el día en que realizó la compra hasta la fecha de la sentencia. Dichos intereses se sitúan entre el 3,5 y el 4%, muy lejos del 1% que ofrece Bankia a los pequeños accionistas si se va por la vía amistosa. El magistrado de Tarragona basa su decisión principalmente en la sentencia emitida hace unas semanas por el Tribunal Supremo, que desestima dos recursos de la entidad bancaria contra sendas sentencias de audiencia provinciales y rechazaba que la causa penal -que se tramita en la Audiencia Nacional- pueda paralizar las reclamaciones en la vía civil.
En el caso de Tarragona, a la afectada se le ofreció la adquisición de acciones de la entidad y consintió la inversión de 5.100 euros para la compra de 1.360 acciones en julio de 2011. El 10 de mayo de 2013, la venta de las 13 acciones en que habían quedado convertidas obtuvo un líquido de 60,90 euros y el rendimiento obtenido fue de 6,57 euros.