La explicación se estructura como sigue: qué tenemos, qué necesitamos y, finalmente, cómo lo pagamos.
1) ¿Qué tenemos en una vivienda?: electrodomésticos.
2) ¿Qué necesitamos?: cada electrodoméstico necesita una determinada cantidad de electricidad para funcionar. A esta “cantidad de electricidad” se le denomina “potencia eléctrica” y esto es, simplemente, un convenio. ¿Cómo medimos la potencia que necesita cada electrodoméstico? en watios o en kilowatios ( 1kW = 1000 watios).
3) ¿Qué potencia eléctrica necesitan los distintos tipos de electrodomésticos?Suponemos una vivienda con una nevera, un ordenador, una lavadora, un televisor, un horno eléctrico y 15 bombillas de 40W (este ejemplo va a ser útil durante todo el desarrollo).
- Nevera: 400W
- Ordenador: 250W
- Lavadora: 2.500W
- Televisión: 200W
- Horno eléctrico: 1300W
- Bombillas: 15*40 = 600W
- Total a contratar = 5.250W o 5,2kW (kilowatios) (mirad vuestra factura eléctrica; ¿se parece?)
4) ¿Cómo pagamos esta disposición de Potencia?. La Compañía Comercializadora nos cobra un concepto denominado TÉRMINO DE POTENCIA. Esta cantidad la fija el Estado Español a través de un Real Decreto. ¿Qué cantidad fija este Real Decreto?: 0,115 Eu cada día por cada kilowatio contratado.
- Por tanto, en el ejemplo: 5,2kW * 0,115 Eu * 30 días = 17,97 Eu al mes
Al principio de este post mencionamos una herramienta de persuasión; consiste en “explicar las verdades a medias”.......¿quién fija el término fijo de potencia?
Hasta pronto, Pops!!
REM - BAD DAY (creías que pasabas de todo y ahora resulta que estabas en lo cierto)
El comportamiento humano y las leyes de la fisica