Revista Coaching

Verdades a medias: Factura eléctrica (1)

Por Luis Siñol Bujons
Algunas noticias aportan verdades parciales y así consiguen desviar la atención del lector hacia los aspectos que pretenden enfatizar. Cuando esto ocurre en el marco científico los resultados son sorprendentes y, a veces, se nos induce a emitir juicios de valor equivocados.En este post y siguientes se explican de forma amigable los conceptos que intervienen en una factura eléctrica. Con toda seguridad, pops, la próxima vez que leáis alguna noticia al respecto os sorprenderá lo mucho que sabéis.
La explicación se estructura como sigue: qué tenemos, qué necesitamos y, finalmente, cómo lo pagamos.
1) ¿Qué tenemos en una vivienda?: electrodomésticos.
2) ¿Qué necesitamos?: cada electrodoméstico necesita una determinada cantidad de electricidad para funcionar. A esta “cantidad de electricidad” se le denomina “potencia eléctrica” y esto es, simplemente, un convenio. ¿Cómo medimos la potencia que necesita cada electrodoméstico? en watios o en kilowatios ( 1kW = 1000 watios).
3) ¿Qué potencia eléctrica necesitan los distintos tipos de electrodomésticos?Suponemos una vivienda con una nevera, un ordenador, una lavadora, un televisor, un horno eléctrico y 15 bombillas de 40W (este ejemplo va a ser útil durante todo el desarrollo).
  • Nevera: 400W
  • Ordenador: 250W
  • Lavadora: 2.500W
  • Televisión: 200W
  • Horno eléctrico: 1300W
  • Bombillas: 15*40 = 600W
Si sumamos la potencia eléctrica que necesita cada uno de ellos sabemos la potencia eléctrica que necesitamos para "funcionar":
  • Total a contratar = 5.250W o 5,2kW (kilowatios)   (mirad vuestra factura eléctrica; ¿se parece?)
Es decir, debemos pedirle a la Compañía Comercializadora que nos abra el grifo de la electricidad hasta 5,2kW (firmamos un contrato por esta potencia, para disponer de ella siempre que queramos).
4) ¿Cómo pagamos esta disposición de Potencia?. La Compañía Comercializadora nos cobra un concepto denominado TÉRMINO DE POTENCIA. Esta cantidad la fija el Estado Español a través de un Real Decreto. ¿Qué cantidad fija este Real Decreto?: 0,115 Eu cada día por cada kilowatio contratado.
  • Por tanto, en el ejemplo: 5,2kW * 0,115 Eu * 30 días = 17,97 Eu al mes
Buscad ahora en la factura eléctrica y lo encontráis. Puede aparecer como “término de potencia” o como “potencia”. Este importe viene fijado por el Estado y no por la Compañía Dsitribuidora ni la Comercializadora.
Al principio de este post mencionamos una herramienta de persuasión; consiste en “explicar las verdades a medias”.......¿quién fija el término fijo de potencia?
Hasta pronto, Pops!!
REM - BAD DAY (creías que pasabas de todo y ahora resulta que estabas en lo cierto)

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