Revista Economía

Ya se pueden imprimir boletas con el Plame V 2.1.1

Por Globalmiguel @noticiacontable

Ya se pueden imprimir boletas con el Plame V 2.1.1Como ya sabemos todo el PDT Plame es la nueva forma en la que se declarar las planillas de las todas las empresas, tanto para las renta de 4ta categoría como para las de 5ta categoría.

A partir de diciembre del  2011, mes en que se declara el periodo noviembre 2011 ya se encuentro obligatorio el uso para las empresas que reciben prestación de 4ta categoría.

Por otro lado a partir de mayo del 2012, mes en que se declara el periodo abril 2012 entrara en obligación para las empresas que tengan de 1 a 100 trabajadores. Para las empresas mayores a 100 trabajadores la obligatoriedad para dichas empresas entrara en vigencia en el mes de agosto del 2012, mes en que se declara el periodo julio 2012.

Actualizaciones Plame v 2.1.1

Una queja que tenían muchos colegas o critica que tienen muchos de los asistente a los talleres que dictábamos era que la versión del Plame v 2.1 no tenia formato de boleta de pago,  y era una de las molestias por lo que las  empresas no se animaban a usar el PDT Plame todavía, ya que muchas empresas utilizan el formato de Boleta de Pago del PDT 601.

Para poder acceder a la nueva actualización acceder al siguiente vinculo

Ya se pueden imprimir boletas con el Plame V 2.1.1
Novedades

Dos cambios muy notorios a simple vista y que a mi parecer son de lo mejor, inclusive superando a la versión de PDT 601

1. Y ahora podemos exportar los reportes en formato pdf

Ya se pueden imprimir boletas con el Plame V 2.1.1

2. Permite la impresión del formato Boleta de Pago

Ya se pueden imprimir boletas con el Plame V 2.1.1

Si estas interesado de aprender a usar el T-Registro y Plame v 2.1.1, te invitamos a asistir a nuestros talleres personalizados, una maquina por alumno, y si no tienes clave sol no es un problema te brindamos una, mas información  aquí.

Miguel Torres Chauca

Amigo puedes copiar este articulo en tu blog o pagina web, solo no te olvides de colocar el autor y la fuente (www.noticierocontable.com), en base al Decreto Legislativo Nº 822.

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