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Artículo 612 Código Civil

Por Jordi

El artículo 612 del Código Civil permite al poseedor de un enjambre de abejas entrar en finca ajena a fin de recuperarlo. También permite al poseedor de un enjambre fugitivo adquirirlo por ocupación.

Se trata de un artículo de escaso uso, dada la materia regulada. Sin embargo, es posible encontrarlo en numerosos ordenamientos jurídicos.

Redacción del artículo 612 Código Civil

El propietario de un enjambre de abejas tendrá derecho a perseguirlo sobre el fundo ajeno, indemnizando al poseedor de éste el daño causado. Si estuviere cercado, necesitará el consentimiento del dueño para penetrar en él.

Cuando el propietario no haya perseguido, o cese de perseguir el enjambre dos días consecutivos, podrá el poseedor de la finca ocuparlo o retenerlo.

El propietario de animales amansados podrá también reclamarlos dentro de veinte días, a contar desde su ocupación por otro. Pasado este término, pertenecerán al que los haya cogido y conservado.

Artículo 612 del Código Civil

Explicación del art. 612 Código Civil

Este artículo del Código Civil protege el derecho del apicultor a recuperar el panal fugitivo. Se trata de una norma subsidiaria, ya que la apicultura está regulada:

Hay que tener en cuenta que la actividad apícola ha mostrado cierto crecimiento. Esto implica la necesidad de regular los extremos sanitarios y económicos de la misma.

Además, dada la importancia de la actividad de las abejas a nivel ecológico y el peligro que para las mismas suponen determinados factores como el uso de insecticidas de uso agrícola, la normativa impone al apicultor la obligación de velar por las obligaciones de la colmena.

De hecho, la colmena se entenderá abandonada cuando el apicultor no satisfaga las necesidades fisiológicas de sus abejas o deje morir la mitad de las colmenas de su colmenar.

Así, nuestro ordenamiento jurídico establece una serie de deberes y derechos para los apicultores. En concreto, el artículo 612 del Código Civil:

  • Les permite invadir la finca ajena para recuperar su enjambre.
    • Sin embargo, deberá indemnizar a su dueño si causa daños.
    • Además, necesitará permiso para entrar en un terreno cercado.
  • Permite al tercero adquirir el enjambre por ocupación si el dueño no lo ha perseguido durante los últimos dos días. La adquisición por ocupación es una “forma originaria de adquirir”. Significa que quien posee el bien durante ese tiempo se hará no solo poseedor sino también propietario.
  • Ofrece al propietario original un plazo de 20 días para recuperar su enjambre. Transcurrido este plazo se consolidará la propiedad del nuevo poseedor.

Jurisprudencia destacada relacionada con el artículo 612 CC

Algunas de las Sentencias destacadas en relación con este artículo (persecución, recuperación y ocupación del enjambre de abejas) son:

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Recursos relacionados con el art. 612 CC

A continuación incluimos algunos recursos interesantes para quienes necesiten saber sobre la recuperación u ocupación de enjambres de abejas.

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