Las redes sociales lo han estado denunciando bajo el hashtag #LeyAnti15M: parece ser que a muy pocos se les pasa por alto cuál es el origen del anteproyecto para la nueva Ley de Seguridad Ciudadana que acaba de hacer público el Ministerio de Interior. Una simple ojeada a las nuevas medidas que recoge el texto evidencia lo que realmente se propone el Partido Popular con el cambio de la ley vigente, que no es otra cosa que el endurecimiento de la represión contra los movimientos sociales, es decir, la criminalización de la protesta social, principalmente la pacífica.
El anteproyecto, muy lejos de tener en cuenta las denuncias de los diferentes organismos internacionales -tales como Amnistía Internacional o la Organización para la Seguridad y Cooperación Europea- sobre el exceso de las actuaciones de los agentes de Policía en España, da un paso más en contra del ciudadano y a favor de permitir la extralimitación policial.
Infracciones penales que hasta ahora han estado tipificadas como una simple falta administrativa pasarán a ser, con la entrada en vigor de la nueva ley cuando ésta sea aprobada con la mayoría absoluta del PP, consideradas como infracciones de carácter grave o muy grave, penadas con multas desorbitadas cuya finalidad es la de amedrentar al ciudadano que pueda tener la intención de protestar o defender sus derechos, además de impedir a los jueces maniobrar, cuando proceda, a favor de los activistas.
Para la redacción del texto, sin duda, se han analizado uno a uno los diferentes mecanismos de protesta que, aunque ya existieran desde antes, han proliferado desde el 15 de mayo de 2011, y que, por tratarse de acciones pacíficas no tipificadas como delito, resultaban muy difíciles de controlar para el Gobierno.
Los ejemplos de estas acciones que se pueden considerar como origen para cada uno de los nuevos delitos de la ley son muchos, pero unos pocos ejemplos bastan para encontrar la relación directa entre la acción social y la reacción legal:
Infracciones muy graves: multadas con entre 30.001 a 600.000 euros
1.- “La grabación y difusión de imágenes de agentes de las fuerzas de seguridad en el ejercicio de su trabajo que atenten contra el derecho a su honor o su imagen y que puedan poner en peligro su seguridad o la de la intervención policial correspondiente”.
El uso de los dispositivos móviles de última generación ha ofrecido al ciudadano de a pie el acceso a la grabación directa de las actuaciones policiales en la calle, registrando así la infinidad de ocasiones en las que los agentes de policía se han extralimitado en el uso de la fuerza contra los manifestantes. Las redes sociales, por su parte, han permitido la libre difusión de estas imágenes, lo que ha servido, en muchas ocasiones, como prueba ante el juez o como simple testimonio de denuncia pública, algo hasta ahora incontrolable y que resultaba muy molesto tanto para el propio cuerpo de Policía como para los delegados de Gobierno cuyas órdenes desencadenaban las actuaciones policiales.
El atentado “contra el derecho a su honor o su imagen y que puedan poner en peligro su seguridad o la de la intervención policial” es siempre interpretable, y cualquier imagen grabada podría considerarse dentro de esa clasificación.
Con la nueva ley, tanto grabar como difundir imágenes de agresiones y de violencia policial hacia la ciudadanía será un delito grave que puede conllevar penas de prisión, lo que podría hacer que, a causa del miedo, ciertas escenas no llegaran a hacerse públicas, como las vividas durante el desalojo de Plaça Catalunya el 27 de mayo de 2011 -cuando los acampados del Movimiento 15M resistieron pacíficamente sentados en el suelo mientras eran golpeados con saña por los Mossos d’Esquadra- o las agresiones que sufrieron los estudiantes de secundaria durante la Primavera Valenciana en febrero de 2012, que tan sólo protestaban por una educación de calidad.
2.– “La perturbación grave del orden en actos públicos, religiosos, deportivos o espectáculos de otro tipo”.
Del mismo modo, la gravedad de la perturbación también es subjetivamente interpretable, lo que podría hacer que acciones de protesta como, por ejemplo, las llevadas a cabo por los Bukaneros del Rayo Vallecano en las gradas de su estadio –muy dados al despliegue de pancartas reivindicativas durante los partidos- fueran sancionadas con multas de hasta 600.000 euros. Uno de los ejemplos de este modo de protesta de estos jóvenes está en la consigna que podía leerse en una de sus pancartas: “1400 policías en el Congreso y tu marido sigue fugado. Cifuentes dimisión”, en referencia a la Delegada del gobierno español en Madrid y los negocios turbios de su esposo.
Otro ejemplo de protesta en acto público sancionado gravemente a partir de ahora lo encontramos en el protagonizado por las tres jóvenes de la organización internacional feminista FEMEN, cuando desde la tribuna de invitados del Congreso protestaron semidesnudas contra el proyecto de Reforma de la Ley del Aborto del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.
También serán impensables acciones como las de la Asociación Movimiento Hacia un Estado Laico (MHUEL) durante la procesión del día del Corpus en Zaragoza, un acto religioso durante el que la asociación suele denunciar la presencia de las instituciones públicas del Estado, algo que colisiona con la supuesta aconfesionalidad del Estado español recogida en el artículo 16.3 de la Constitución.
3.– “Las concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los parlamentos autonómicos o los altos tribunales, aunque en ese momento no tengan actividad”.
Las concentraciones y manifestaciones no comunicadas han sido siempre practicadas por el Movimiento 15M, que considera que, atendiendo a la libertad de expresión, la ciudadanía puede manifestarse libremente cuando lo considere oportuno, y que el comunicado oficial a las autoridades pertinentes resulta innecesario, puesto que estas convocatorias siempre han sido ampliamente difundidas por las redes sociales y los medios de comunicación, máxime si se tiene en cuenta que tan sólo se requiere que las fuerzas de seguridad conozcan la realización de la acción para, teóricamente, salvaguardar la seguridad de los manifestantes a efectos principalmente de tráfico.
Con este articulado, el Gobierno consigue criminalizar convocatorias como Rodea El Congreso, del 25 de septiembre de 2012, que en aquella ocasión sólo deparó imputaciones a los manifestantes acusados de protagonizar altercados violentos. A partir de ahora, cualquier manifestante o convocante, incluso a través de las redes sociales, se enfrentará también a penas de hasta 600.000 euros, aunque en el interior del Congreso no se encuentre ni un solo diputado.
También se refiere este texto a las protestas ciudadanas frente a los altos tribunales de justicia, algo muy frecuente en la actualidad debido a los múltiples juicios por corrupción a políticos y otros cargos públicos. Un ejemplo claro se encuentra en la concentración llevada a cabo por el 15M ante el TSJ de la Comunidad Valenciana, acampados desde la noche anterior frente a la fachada del edificio, para protestar por la decisión de los jueces de considerar “no culpable” al expresidente de la Generalitat Valenciana, Francisco Camps, por el “caso de los trajes”.
4.– “Las protestas no comunicadas o prohibidas ante infraestructuras críticas, como centrales nucleares o pistas de aeropuerto”.
Directamente contra los movimientos ecologistas. Muchos son los ejemplos de activistas denunciando crímenes medioambientales, como la protesta pacífica que Greenpeace llevó a cabo el 20 de noviembre de 2008 en la Central Nuclear de Garoña, pocos meses antes de la decisión que el Gobierno debía tomar sobre su clausura o continuidad. Aquella madrugada, 60 activistas lograron instalar un container y encadenarse a la entrada de la central donde, tras doce horas de resistencia pacífica, fueron desalojados por la Guardia Civil deteniendo a 29 de ellos.
Otro ejemplo de “infraestructuras críticas” lo encontramos en las autopistas. Lo que hasta ahora era un vacío legal aprovechado por la plataforma No Vull Pagar (No Quiero Pagar) para protestar por el abusivo coste del peaje en las carreteras catalanas, que dejaba a los activistas sin perjuicio legal, ahora ya será también considerado como infracción muy grave. No Vull Pagar llegó a lograr en su quinta acción que el 29 de julio de 2012 se produjeran colas de retención de dos kilómetros de longitud en Mollet del Vallès y obligó a Abertis, la compañía concesionaria, a levantar las barreras para acabar con el colapso que estaba sufriendo la autopista AP-7.
Asimismo, el tradicional corte de acceso a las grandes ciudades llevado a cabo por los piquetes en las huelgas generales o el colapso de las autovías durante las protestas de transportistas por las habituales subidas del coste del combustible también supondrán multas de entre 30.000 y 600.000 euros o ingreso en prisión.
5.– “Los escraches o actos de acoso a cargos públicos. La ley contemplará que la Policía pueda establecer un perímetro de seguridad que no deben sobrepasar los concentrados”.
Aquí el texto incluye directamente y sin rodeos la palabra “escrache”, recientemente acuñada entre los activistas españoles, y da a la Policía la potestad de impedir acercarse a cualquier político hasta una distancia de 300 metros.
Escraches como los de la Plataforma de Afectados por las Hipotecas (PAH) al dirigente del PP Esteban González Pons, que fueron resueltos por la jueza como un mero ejercicio de la libertad de expresión por haber discurrido pacíficamente y no haber habido alteración del orden público o interrupción de la circulación, forzarán a partir de ahora a los jueces a criminalizar a los activistas pacíficos. Otros ejemplos de escrache los protagonizó el ministro Alberto Ruiz-Gallardón en más de una ocasión, pues además de recibir la protesta de la PAH, también recibió en la puerta de su vivienda una concentración a favor del aborto “libre y gratuito”, como rechazo a sus planes de reforma de la ley del aborto.
Infracciones graves: multadas con entre 1.001 a 30.000 euros
6.– “Alterar el orden público encapuchado o con cualquier elemento que dificulte la identificación”.
Un artículo que hace pensar en las concentraciones convocadas a través de las redes sociales por Anonymous, tan características por el uso entre sus participantes de las clásicas máscaras de la popular película V de Vendetta, y que también suelen tener presencia en otro tipo de protestas sociales.
7.– “Amenazar, coaccionar, vejar e injuriar a los agentes de las fuerzas de seguridad cuando estén velando por el mantenimiento del orden público, por ejemplo en manifestaciones u otro tipo de protestas”.
Clásicas son las consignas coreadas en las manifestaciones contra la Policía en general, debido, precisamente, al abuso de poder en la represión de la protesta pacífica que a menudo inundan las redes sociales y, en ocasiones, los medios de comunicación tradicionales.
La multa de 400 euros a la que hoy en día se enfrentan las dos menores gallegas que corearon “Vergüenza me daría ser policía” ante la Delegación del Gobierno en La Coruña durante la manifestación contra la LOMCE y por la Educación Pública del pasado 23 de octubre, pasaría a ser con la nueva ley de hasta 30.000 euros.
8.– “Los daños a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos”.
Familiar se ha hecho ya la imagen de contenedores ardiendo durante la huelga de limpieza de este mes en Madrid, como un método de protesta usado por los trabajadores de las empresas concesionarias del Ayuntamiento para protestar por el ERE que pretendía dejar sin trabajo a más de 1.000 empleados de los 6.000 contratados. Tras trece días de huelga y actuación de piquetes, los trabajadores lograron alcanzar un acuerdo con las empresas para que ninguno de ellos fuera despedido. Con la nueva ley, la protesta con quema de contenedores podría costar también muy cara a los huelguistas.
9.– “Obstaculizar la vía pública con neumáticos u otros enseres que impidan la normal circulación de vehículos y personas”.
Son muchos los casos de huelgas y protestas en los que se interrumpe el tráfico con neumáticos para aumentar la presión en los requerimientos. Muchos ejemplos de ello hubo durante la pasada huelga del sector de la minería en el verano de 2012, cuando los mineros exigían al Gobierno que cumpliera con sus compromisos y diera un paso atrás en las transferencias previstas para la minería en el proyecto de los Presupuestos Generales. En la mañana del 3 de julio, un grupo de 60 mineros cortó la N-630 a la altura de la localidad leonesa de Ciñera de Gordón, así como la línea férrea, y tras varias horas de barricadas en este punto, donde los mineros quemaron troncos, contenedores y neumáticos, los agentes antidisturbios de la Guardia Civil entraron en el pueblo para contener a los manifestantes en lo que fue descrito por algunos como “panorama bélico”.
10.– “Escalar como acción de protesta edificios públicos o precipitarse desde los mismos”.
El 6 de septiembre de 2013, un activista conseguía encaramarse a una farola de la céntrica Puerta del Sol con una pancarta para protestar contra el despilfarro de dinero público en la candidatura olímpica de Madrid 2020, consiguiendo con ello un gran eco mediático, tanto nacional como internacional, que llegó incluso a los miembros del COI que finalmente fallaron en contra de Madrid como ciudad olímpica. Aunque una farola sea considera mobiliario urbano, este tipo de protesta también se ha convertido en algo habitual últimamente sobre los edificios públicos, algo que a partir de ahora será considerado como infracción grave según el anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana.
En cuanto a precipitarse desde los edificios públicos, nada dice el texto, pero cabe interpretar que el lanzamiento se entiende con arnés o algún tipo de artefacto volador o paracaídas, de lo contrario, estaríamos hablando de suicidio. Desde el inicio de la crisis, se han producido más de 3.000 suicidios derivados directamente de ésta, con cientos de ellos sólo por desahucios.
Otros aspectos contemplados en la ley que afectan a la protesta social
La obligatoriedad de entregar el DNI a los agentes de Policía. Hasta ahora sólo era obligatorio mostrar la identificación a requerimiento policial; con la nueva ley, los agentes podrán requisarlo temporalmente, y, bajo la excusa de comprobar su veracidad, se podrá inmovilizar y retener a los ciudadanos hasta que los agentes consideren que han dado por válido el documento. Sin embargo, la obligatoriedad de los agentes policiales de llevar el número de placa visible sigue sin hacerse efectiva.
Los padres cargarán con los costes de los delitos de los menores. Derivado de la cada vez más frecuente presencia de menores de edad en las manifestaciones, debido principalmente a las protestas por la Educación. A partir de la entrada en vigor de la ley, los padres tendrán que hacerse responsables de las multas que les sean impuestas a sus hijos, así como de los desperfectos que estos pudieran llegar a ocasionar en el mobiliario urbano. Esta es una medida que ya fue impuesta en el País Vasco para las acciones de la Kale Borroka.