Revista Economía

Campaña de la Renta 2014

Publicado el 22 abril 2015 por Pablo Rodríguez @pablorb

Campaña de la Renta 2014Ha comenzado la campaña de la Renta (hasta el 30 de junio), y los contribuyentes disponemos de múltiples posibilidades para cumplir con nuestras obligaciones. El borrador de la declaración puede sernos de mucha utilidad, y para conseguirlo podemos hacerlo en el portal de la renta de la web de la agencia tributaria, a través del número de referencia (Reno), para el cual necesitaremos conocer la casilla 415 de la anterior declaración, recibiendo el citado número en unos segundos en nuestro teléfono móvil. También se puede obtener el borrador si se dispone de clave PIN o de firma digital, pero en ambos casos habrá que hacer el trámite con antelación. Otra opción que podemos utilizar para cumplimentar nuestra declaración es solicitar la ayuda de un técnico de Hacienda a través de la cita previa, servicio habilitado a partir del miércoles 6 de mayo.

Es conveniente revisar el borrador, puesto que es posible que contenga algún error, o, sobre todo, que haya algunos datos que no contemple, en especial, en el capítulo de las deducciones. También es posible que haya inexactitudes en lo relativo a cuestiones como el estado civil, el domicilio o los descendientes.

Entre las deducciones, conviene examinarlas con detenimiento; además de la vivienda (por compra, incluyendo seguros vinculados a la hipoteca, o por alquiler), las cuotas a sindicatos o colegios profesionales, los planes de pensiones, por madre trabajadora… Además, hay que revisar las deducciones autonómicas, puesto que en ellas puede haber cuestiones que no habíamos tenido en cuenta, como por ejemplo, deducciones por gastos destinados al uso de nuevas tecnologías, por cuidado de hijos menores o por creación de nuevas empresas.

En el caso de los discapacitados, existen diversas reducciones y deducciones que conviene tener en cuenta, además de algunos beneficios fiscales en otros ámbitos, como en el IVA de determinadas adquisiciones o en el Impuesto especial sobre determinados medios de transporte.

Incluso en el caso de aquellos que no están obligados a declarar, deben revisar sus datos, puesto que podría haber deducciones que Hacienda no haya reseñado, de manera que les conviene hacer la declaración. En el caso del nacimiento de niños, lo cobrado a través de la Seguridad Social tiene consideración de segundo pagador, por lo que si supera los 1.500 euros, el límite para no declarar pasaría de 22.000 a 11.200 euros.

En cuanto a la declaración conjunta, en general sólo compensa si uno de los cónyuges ingresa poco o nada. Si se está en este caso, es conveniente considerar esta opción, que probablemente nos beneficiará fiscalmente.

Si necesitas más información, puedes encontrar el teléfono de la Agencia tributaria en esta web.

Pablo Rodríguez es economista.


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Este articulo: Campaña de la Renta 2014, escrito por Pablo Rodriguez, se ha publicado originalmente en Economia Sencilla, y puede ser utilizado bajo las condiciones de una Licencia Creative Commons 3.0 España. Muchas gracias por suscribirte a Economia Sencilla.


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