Revista Diario

Foucault y el proyecto del código penal

Por Julianotal @mundopario
Fragmento de una entrevista a Edgardo Castro, autor de "Introducción a Foucault" (Siglo XXI Editores)Foucault y el proyecto del código penal
-- (Foucault) ha dedicado varios trabajos a la problemática penal: “Vigilar y castigar” y “Obrar mal, decir la verdad”, son ejemplos de ello.–Es cierto. Y habría que agregar dos libros: La sociedad punitiva , recientemente publicado en francés, y Teorías e instituciones penales , uno de sus primeros cursos, todavía inédito. Creo que hay dos grandes motivaciones que explican este interés. Por un lado, teórica. A través de cada sistema penal –no sólo la cárcel sino también, por ejemplo, el suplicio– Foucault analiza las formas de ejercicio del poder de las sociedades a las que estas formas de castigo pertenecen. Por ello, podría decirse que no es la cárcel en sí misma la que le interesa, sino la sociedad panóptica o punitiva de la que la cárcel forma parte. Los mecanismos de poder que encontramos en la cárcel también se observan en las escuelas y los hospitales de esa misma sociedad, es decir, aquellos mediante los cuales se busca producir individuos políticamente dóciles y económicamente rentables mediante la vigilancia continua y un control exhaustivo de sus conductas. Por otro lado, hay un interés militante de Foucault, como lo muestra su compromiso con el Grupo de información de las prisiones (GIP), que fundó junto a otros intelectuales. Este interés surge de las formas concretas en que, más allá de la ley e incluso contra ella, más allá del sistema judicial, se castiga a los individuos. Surge de la preocupación por las condiciones de detención que, como sabemos, distan de ser las que las propias leyes prevén. Surge, para decirlo de algún modo, de la preocupación por las prácticas ilegales e ilegítimas del ejercicio del poder de castigar.
–En los términos de algunos debates locales, ¿podría decirse que Foucault es garantista o abolicionista?–La preocupación de Foucault siempre ha sido la de problematizar, mediante investigaciones rigurosas e históricamente situadas, las categorías con las que habitualmente se abordan los temas. La política no puede o no debería apoyarse en significantes vacíos, es necesario saber de qué estamos hablando y hacerlo con precisión. Desgraciadamente, cuando se habla de garantismo, abolicionismo o mano dura se juega demasiado con los diferentes sentidos que pueden tener. La Modernidad política se funda en lo que podría denominarse un pacto de seguridad: protección por obediencia. Protección por parte del Estado, sobre todo de la vida de las personas, obediencia por parte de los ciudadanos, sobre todo a las leyes. Esa protección supone no sólo que es el Estado el que castiga, el que tiene derecho a castigar; sino también que es el que tiene el deber castigar, la obligación de hacerlo para garantizar la seguridad. Sin castigo no hay seguridad. Pensar una sociedad que renuncie al poder de castigar es, simplemente, del orden de la utopía. Cambian las formas del castigo, pero la función de castigar es parte del funcionamiento de la sociedad.
–Sin embargo, está bastante probado que el endurecimiento del castigo no redunda en más seguridad.–Debemos preguntarnos, por ello, qué pasa cuando las formas del ejercicio de castigar producen inseguridad. Es uno de los problemas que plantea el funcionamiento concreto de la cárcel: genera delincuencia. Castigar es, por decirlo de algún modo, solo una cara del problema. La otra es evitar que se comentan delitos. Actuando sólo sobre las consecuencias no se resuelve el problema de la seguridad. Volviendo al debate de estos días. Ninguna ley puede hacerse a espaldas de los ciudadanos; pero de ello no puede inferirse, de manera lógica, que la opinión de los ciudadanos deba ser la fuente del derecho penal. Entre otras razones, porque el criterio de la pena no puede ser la satisfacción de la víctima. Abrir las puertas a lo que podría denominarse un populismo jurídico es, a mi modo de ver, un forma de retroceso social. En pocas palabras, retomando una expresión del propio Foucault en relación con el sistema penal, es necesario repensar, a la vez, la ley y la cárcel, la aplicación de la ley y el ejercicio concreto del poder de castigar.

Foucault y el proyecto del código penal

"Hooola soy el periodistaaa, tengo que hacerle una pregunta super chachi a Castro, uy, no entiendo una mierda, bue, ya fue..."


–Pero, ¿es abolicionista?–Si por abolicionista se entiende la idea de una sociedad que no ejerce el poder de castigar, no me parece que sea lo que está en cuestión en sus trabajos. Tampoco se lo puede considerar un anarquista. Una cosa es criticar el modo en que somos gobernados y otra suponer que esta crítica implica que se podría prescindir de toda forma de gobierno. Por otro lado, para comprender los análisis de Foucault acerca de la cárcel, no se puede prescindir de algunas circunstancias históricas que, ciertamente, marcaron su pensamiento. Pienso, en primer lugar, el affaire Alin Jaubert, el periodista del Nouvel Observateur que, en 1971, por querer acompañar a un detenido, fue golpeado y se le armó una causa falsa. Foucault fue de los primeros en reaccionar. Después de Mayo del 68, se le concedió un poder a la policía que les permitía arrestar de manera arbitraria a las personas. Posteriormente, el número de presos políticos aumentó considerablemente.Leer más..

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