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Fundamentos históricos del protocolo de la peregrina.

Por Eyg
El primer conflicto surgió por la reclamaciones de los vecinos de San Juan y Muchamiel, que defendían su derecho a custodiar en su territorio el venerado lienzo. Para conseguirlo, no les quedó más remedio que proceder a la construcción de una Iglesia con Monasterio anejo, en el que custodiar la reliquia. Para su financiación se contó con numerosas aportaciones de los nobles del lugar y de donaciones populares, que consiguieron levantar el templo en menos de un año (tiempo bastante inverosímil, teniendo en cuenta la lentitud de la Iglesia para la concesión de los permisos, la precariedad de la mano de obra y la falta de infraestructuras).
Por su parte, el Municipio alicantino solicitó el permiso papal preceptivo para la edificación del nuevo Monasterio, que le fue concedida por Roma en 6 de agosto de 1490 a través de la bula fundacional y la obtención de las indulgencias a sus visitantes.

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Fachada del Monasterio en la década de 1940

El Cabildo financiaba las actividades de extracción de la piedra necesaria de la Sierra de San Julián. Así, el nuevo templo quedó finalizado con sus 54 metros de longitud por 10 de latitud, y junto a él, se levantó un amplio claustro y habitaciones para los servidores y la comunidad religiosa que habría de ocuparse de su conservación y custodia: la Orden de San Jerónimo (custodios de los monasterios de Yuste, Escorial, San Miguel de los Reyes...).
El 17 de marzo de 1490, coincidiendo con el otorgamiento por Fernando el Católico del título de Ciudad a Alicante y del primer aniversario del milagro de la lágrima, fue trasladada la reliquia al nuevo Monasterio desde la Iglesia de Los Ángeles. Ésta fue la primera celebración oficial de la Peregrina, presidida por el Justicia y Jurados de la Ciudad, y celebrada casi ininterrumpidamente durante los siguientes 513 años.
Nótese la incoherencia de las fechas. Si no podía construirse Monasterio, Iglesia o Convento alguno sin la previa autorización papal, ¿cómo es que en marzo de ese mismo año ya se trasladaba la Reliquia a un lugar teóricamente no construido? Del estudio de documentos encontrados en el Archivo Municipal, Enrique Cutillas Bernal (El Monasterio de la Santa Faz, Religiosidad Popular y Vida Cotidiana), deduce que se efectuó una primera construcción muy modesta, que precisó de continuas ampliaciones y reparaciones durante los siglos XV y XVI.
En 1494, la Iglesia Diocesana, en el Sínodo de Orihuela, declaró el 17 de marzo fiesta de Precepto para la ciudad de Alicante y los pueblos de San Juan y Muchamiel, así como de las pedanías de San Vicente y El Campello, incluidas en la feriación comarcal.

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Santa Clara

La Orden de San Jerónimo, debido más a sus problemas internos y de rivalidades con otras Órdenes religiosas españolas, muy comunes entre ellas en aquella época, abandona la Fundación, haciendo entrega del Monasterio al cabildo de Alicante, quien lo confía a otros sacerdotes designando para su salvaguarda y administración a dos caballeros, invistiéndolos con la dignidad de clavario y mayordomo, hasta que tras trabajosas gestiones consigue que siete religiosas procedentes del Convento de Santa Clara de Gandía se hagan cargo del mismo, Orden que permanece en el Monasterio en la actualidad.
A raíz de esto, tanto el Cabildo de la Colegiata de San Nicolás, como el Consejo Municipal, acuerdan la constitución de un Patronato que vele por los intereses del Monasterio, otorgando a las Clarisas la potestad de custodia y mantenimiento tanto del Convento como del propio Monasterio, pero guardando para sí la administración económica y las decisiones que atañen a la Santa Reliquia, especialmente en lo referido a la potestad de las rogativas, traslados y celebración de la Peregrina. Esto provocaría posteriormente diversos desencuentros entre las clarisas y el concejo municipal, ya que la administración económica incluía la negociación y rentabilidad de las donaciones, limosnas y dotes de las monjas, que no siempre se produjo de forma recta.
El 7 de febrero de 1518 se produce la resolución capitular mediante la cual el Concejo de Alicante hace entrega del Santuario de la Santa Verónica, en la persona del padre Juan Amador, a Fr. Jaime de Alcalá, provincial de la Orden de San Francisco en Valencia, Aragón y Cataluña, y a las monjas clarisas del convento de Gandía.
Este acto se celebró en la Casa Consistorial en presencia del Justicia Mosén Francisco Portes, de los Jurados Jaime Pascual, Juan Pascual y Juan Pascual de Bonanza, entre otras personalidades. En este documento, la ciudad se reserva el patronato perpetuo del Santuario, y nombra un administrador.
Este cargo, denominado Síndico Procurador, correspondía a la Ciudad como fundadora, contraviniendo la Regla de Santa Clara, y durante todo el siglo XVI y hasta principios del XVII, suele ser la misma persona que representa los intereses de los franciscanos de Nuestra Señora de Gracia, o el confesor del convento. A partir del siglo XVIII, una serie de circunstancias, junto a la actitud de las abadesas que habían tomado conciencia de la desastrosa administración de los bienes de la comunidad, hicieron cambiar las cosas. Se nombraron síndicos procuradores a letrados, médicos o notarios, gentes de confianza de la abadesa, quienes exigieron y mejoraron las cuentas. Pero el verdadero Procurador-administrador seguiría siendo el Ayuntamiento.

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La primera Casa Consistorial se empezó a construir en 1541, se concluyó en 1668. La actual edificada sobre el mismo solar se decidió erigirla el 6 de enero de 1696 y se terminó en 1780. Según el cronista Viravéns en el siglo XIII el Concejo celebraba sus sesiones en el cremitorio que consagró el Príncipe D. Alfonso el Sabio al glorioso S. Nicolás de Bari.

El 17 de julio de 1518 la Orden Clarisa (7 religiosas) llega al Monasterio, acompañadas por el franciscano Miguel Mateo, siendo sor Clara Verdegal la primera abadesa de la comunidad. Con este motivo el cabildo coloca en el centro del prebisterio una lápida con las armas de la ciudad y una leyenda latina, que traducida dice: “Atestiguo que Alicante es patrona de esta Comunidad y Templo. 1518.” Desde entonces, las clarisas custodian la reliquia y conservan el monasterio y convento, manteniendo el óleo preparado y la lámpara siempre encendida junto al tabernáculo. A través de esta resolución capitular, se establecen las cantidades que de forma periódica y anual, el Concejo entregaría a las Clarisas para su mantenimiento y necesidades básicas, en su calidad de patrono perpetuo, y vino a obligarse en procurar sustento a las religiosas, otorgándoles una subvención anual en especie (harina y aceite), procurándoles igualmente un médico cuando era necesario, así como las “costas” por la celebración de las rogativas, traslados de la Reliquia y actos relacionados con el culto a la Santa Faz. 
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Por su parte, el R.P. Mateo, Custodio de la Provincia de Valencia de la Orden de San Francisco, compone el Rezo de la Santa Faz para uso del Monasterio, que fue autorizado por el Papa Clemente VII el 30 de enero de 1525. Se rezó en el Monasterio hasta el 20 de diciembre de 1634, en que Urbano VIII revocó los privilegios otorgados de forma general en España, debido a los excesos y desmanes cometidos tanto por los religiosos como por los files, y movido por su celo a recortar la gran cantidad y desorden en los rezos, cultos y actuaciones de devoción mucha de ellas sin aparente fundamento teológico. Posteriormente, el Cabildo de Alicante pidió a la Sagrada Congregación de Ritos la licencia para rezar en las Iglesias de su término municipal, un Oficio propio de la Santa Faz compuesto por el Padre Juan Monreal, de la Compañía de Jesús, no siéndole concedido. Sin embargo, a instancias de las religiosas, en 1794, se obtuvo autorización para rezar el 17 de marzo un Oficio propio, y que se usaba en Venecia. Este decreto de autorización sigue vigente en la actualidad, de tal modo que los sacerdotes que celebren misa tal día, pueden usarlo.
Desde 1663, se viene celebrando la Peregrinación a la Santa Faz, con la presencia de una Comisión de los Cabildos Colegial y Municipal, cuando esta celebración se realizaba de forma oficial, partiendo de la Iglesia Colegial de San Nicolás, procesionalmente.
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Aquí se establece por tradición un recorrido obligado tanto a la ida como a la vuelta: Llegando a la Ermita de Nuestra Señora de Socorro, se suspende la procesión y se usan carruajes hasta el Monasterio. A la entrada del pueblo, se vuelve a formar la procesión que es recibida por otra Comisión del Ayuntamiento, presidida por el Síndico (que enarbola el pendón de la ciudad), entrando todos en la Iglesia y tras un breve descanso, se descubre la Reliquia y da comienzo la Misa Solemne y Sermón.
Así nos encontramos con importantes aspectos que condicionan el desarrollo del protocolo de la Peregrina a lo largo de estos 500 años:
- El poder popular y su derecho a influir en las decisiones de la vida pública.

- El poder político, que reconoce con su participación la importancia de no permanecer ajeno a lo que el pueblo considera de importancia sustancial en su vida cotidiana.- El poder diocesano, que se considera “tutor” y “potenciador” del fervor popular.- El poder de la nobleza, que con su capacidad económica subvenciona y avala las actividades e iniciativas del pueblo, y que reclama favores especiales.- El poder religioso, custodio y protector de la reliquia.- Las demandas de otros colectivos de importancia económica y social en la vida de la ciudad, como los señores huertanos, las cofradías, especialmente la de pescadores, y de otras personalidades que de una manera u otra intervenían de forma decisiva en la organización de la Peregrina.


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Y nos encontramos con que partiendo de las primeras celebraciones de la Romería a la Santa Faz, se comienzan a suceder hechos que contraponen los poderes mencionados y que propician el surgimiento de conflictos protocolarios sobre aquellos que se consideran con mayores derechos que otros, así como de aquellos que no quieren perderse el estar presentes en un acontecimiento de tanta importancia para la vida social de la ciudad.

El primer protocolo establecido, muy escueto, y sin que en él se mencionasen de forma tácita las precedencias y presencias, que se dejó a tradición, lo fue por el Provincial de la Orden Franciscana en Valencia, y estuvo motivado por los diferentes traslados a que se sometía a la Reliquia, unas veces forzados, y otros con motivo de las peregrinaciones o fechas memorables. Así, en 1669, el Provincial de la Orden envía para su aprobación al monarca español el primer protocolo de custodia, que recogía las obligaciones a la salida de la Reliquia del Monasterio y a su vuelta, y en los que hubo de tener en cuenta la demanda de varias Iglesias que deseaban ser visitadas por la Reliquia, y el deseo del pueblo de que la misma recorriese el mayor tiempo posible la Ciudad, para poder ser vista por los ciudadanos:


“Reunidas las llaves que custodian la Ciudad y el Monasterio, se abre el Sagrario y tras la veneración de la Reliquia por las Religiosas Clarisas, se pone en marcha la comitiva por el camino del Garbinet y Orgegia hacia la Iglesia de los Ángeles; de allí, a la Misericordia, en donde se organiza la Procesión solemne hacia la Colegiata con estación en la Iglesia de las Capuchinas. En San Nicolás, tras la recepción, se coloca la Reliquia en el Altar Mayor. Los cañones del Castillo de Santa Bárbara deben disparar salvas cuando la Reliquia atraviese las murallas de la Ciudad. En su retorno al Monasterio, el recorrido desde San Nicolás debe ser: Calle Mayor, Santa María, Virgen del Socorro, y desde allí en Romería hasta el Monasterio. La permanencia en San Nicolás debe ser de cuatro o cinco días. (Aunque en ocasiones se prolongaba durante meses o años, debido a graves motivos. Durante la Guerra de Independencia, permaneció en Alicante desde 1808 a 1812)."
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Aquí descubrimos la cuestión de las llaves. La Reliquia era custodiada por las monjas clarisas en su recinto de clausura y en lugar especial prevenido para ello, lo que dejaba a criterio de la abadesa la vida de clausura de la Reliquia. En algún momento se descubrió que al lienzo le habían sido recortados trocitos, a cambio de limosnas espléndidas de los devotos más pudientes, y que la Reliquia era sacada de su lugar habitual para ser utilizado por las monjas en sus rezos por el claustro, con el fin de complacer las demandas de particulares sobre rogativas y peticiones personales. De modo que, con el fin de proteger la integridad de la Reliquia, el cabildo adoptó la decisión de introducirla en el Sagrario, y éste a su vez en una especie de urna, que se cerró con dos llaves. Una de estas llaves quedaba en poder de la abadesa, mientras la otra era guardada en el Consistorio, bajo la custodia de persona designada para ello. De este modo, era indispensable la inter-comunicación entre las monjas y el cabildo, asegurándose el conocimiento mutuo de los movimientos de la Reliquia.

Descubrimos también que en la Misericordia se formaba la procesión solemne en dirección hacia la Colegiata de San Nicolás. Ello nos descubre que al Monasterio se dirigían exclusivamente las personas designadas por los dos Cabildos, y recogiendo la Reliquia, marchaban hacia la Misericordia, donde aguardaban las autoridades eclesiásticas, políticas y sociales de la ciudad, formándose entonces oficialmente la procesión.

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Colegiata de San Nicolás


A la vuelta, sin embargo, la Reliquia era procesionada de forma oficial en comitiva, a la que se unían los fieles y devotos, cada uno por sus medios, adelantándose ciertos representantes de ambas comitivas, que eran recibidos por el confesor del Monasterio, el preter, y la abadesa, aguardando todos juntos a la comitiva oficial. Una vez allí, entraban juntos en el Monasterio y se procedía a la Santa Misa, tras la cual se otorgaba un tiempo a los fieles y a las monjas para su adoración, se bendecía a todos ellos con la Reliquia, y se volvía a guardar bajo llaves en su lugar.

Por su parte, el pueblo llano se une a esta peregrinación con sus limitados medios: no tienen carruajes, por lo que andando no es posible llegar al tiempo de la Comisión. Luego entonces ¿por qué no descansar debidamente durante el trayecto?.
Durante 204 años la Peregrina se celebró el 17 de marzo, en época cuaresmal. El largo recorrido desde la ciudad hasta el Monasterio de la Santa Faz, obligaba a los romeros a descansar a media jornada, celebrando en el campo la comida a la ida, y la merienda a la vuelta. La debilidad humana impedía a muchos respetar la Cuaresma, por lo que esa comida se transformó en una celebración opípara y festiva. La Iglesia, incapaz de controlar estos desmanes, decidió trasladar la fecha a otra más oportuna, que salvara de la comisión de pecado a los fieles. Así, en 1663, el Sínodo Diocesano dicta el siguiente Decreto: “Para evitar los pecados que en la Ciudad de Alicante y su huerta se cometen el día de Santa Verónica, que se celebra el 17 de marzo, quebrantando muchos el ayuno, por venir siempre en Cuaresma y los inconvenientes de no celebrarse en las Iglesias de dicha Ciudad los Oficios Divinos con la debida solemnidad, por ir en procesión al convento, donde está la Santa Reliquia (que está distante de la ciudad una legua), y otros que se nos han representado, ordenamos, estauimos y mandamos, que en adelante no se celebre dicha festividad el 17 de marzo, sino que se trasfiera al jueves inmediato después de la Dominica in Albis”.
El pueblo hizo caso omiso, y el decretó no se cumplió hasta ochenta y nueve años después, en 1752, tras las severas presiones del obispo Gómez de Terán, que incluyeron forcejeos de varios años con el Cabildo municipal, cambios de horarios en la celebración del Corpus Christie e incluso la excomulgación de varios consejeros. Todo este largo incidente concluyó con la aceptación del Cabildo de la nueva fecha para la Peregrina, el perdón para los excomulgados, y la restauración de la hora primitiva de celebración de la procesión del Corpus. ¿Por qué todos estos tira y afloja? Si durante casi cien años la Ciudad había “ignorado” la orden del Sínodo sobre el cambio de fecha, ¿cómo es que sucumbe ante las presiones más o menos severas de un obispo?. La explicación se discierne entre los laberintos de las relaciones y protocolos de la época. Hasta 1738, la Ciudad y el Obispado habían mantenido unas relaciones dentro de lo deseable, a pesar de las tiranteces puntuales debidas a la toma de cuentas de Fábrica de las Iglesias, del tercio diezmo, o por el nombramiento de predicadores, que en el caso de la Peregrina y sus rogativas eran nombrados por el Cabildo.
El primer enfrentamiento surgió con motivo de la Real Provisión de 27 de abril de 1740, en la que se ordenaba “que se observe la práctica y modo de nombrar predicadores de Quaresma para los parroquianos en su Junta, con las circunstancias que en él se prescriben...” Los regidores mandaban recado al Vicario foráneo, como de costumbre, para que señalara día y hora para la elección, debiendo avisar la Ciudad a son de campana a los parroquianos de San Nicolás y Santa María según era costumbre. Sin embargo, el Vicario contestaba a los regidores que por carta del obispo Gómez de Terán, de septiembre de ese año, se le había ordenado prevenir “... a los presidentes de las iglesias, no admitan Junta General de Parroquia para cosa alguna, sin licencia expresa de su Ilustrísima...”.

Existía un despacho de 1743 en el que se ordenaba la regulación de las formas de tomar las cuentas de Fábrica, el nombramiento del diputado representante del Obispo, el lugar protocolario..., pero los regidores no estaban dispuestos a dejar de disfrutar de sus prerrogativas. El Obispo insistió en sus mandatos, y ejecutó un Breve papal de 1741 en el que se ordenaba en todos los obispados que se observara el sagrado ceremonial. En la práctica, esto supuso que en 1743, Gómez de Terán ordenara que la procesión del Corpus que se celebraba hasta entonces al atardecer, fuera trasladada a la mañana. Esto era un ataque deliberado al Ayuntamiento, ya que la celebración del Corpus era la fiesta por excelencia de la Ciudad. En ella se entremezclaba lo pagano con lo religioso y la fiesta tenía un final nocturno en el que se solían “distraer” más de la cuenta los fieles. Se había consentido hasta entonces, pero no era nada bien aceptado por las autoridades religiosas. La magnitud de la fiesta era elevada, ya que los gastos ocasionados suponían más de 400 libras (casi el presupuesto anual concedido para las obras de la nueva Iglesia del Monasterio de Santa Faz).

Los regidores tomaron esta actitud del Obispo como una intromisión en sus derechos con graves perjuicios para la ciudad, y se negaron al cambio. Pero la situación no era la misma que en 1663, cuando el Sínodo ordenó cambiar la fecha de la Peregrina sin éxito. Gómez de Terán era un rival de mucha más altura, y además estaba arropado por el breve de Benedicto XIV y por una política inteligente que tenía como objetivo atraerse a la jerarquía eclesiástica nacional.

Puesto que el Ayuntamiento no tenía potestad para impedir que una procesión religiosa saliese de la iglesia Colegial, los regidores, apoyados por representantes de diferentes gremios decidieron no asistir a los actos religiosos del Corpus, elevando quejas a otras instancias. El fiscal de la Real Audiencia, Manuel Pablo de Salcedo, contestó a la queja de los regidores que no parecía muy probable, dada la situación, que el Obispo cediera. Por ello, les aconsejaba que acudieran “... a la Curia y pida formalmente su revocación exponiendo las razones que la persuadan, y de lo contrario, omiso o denegado, apele desde luego el mismo pedimento y de lo que se decretara o dejare de decretar, vuelva a apelar, pidiendo en cada escrito testimonio.” Les aconsejaba igualmente que en caso de que el obispo persistiera, no se presentasen a los actos religiosos e inclusive se negaran a costear las más de 400 libras que importaba la función del Corpus.El Obispo efectivamente no cedió, de modo que la procesión se celebró por la mañana con la inasistencia de los regidores que se oponían a ello –que no eran todos- así como de algunos representantes de los gremios. Gómez de Terán excomulgó a los no asistentes, con las consecuencias públicas de la época (proclama mediante tablillas en las puertas de las iglesias, prohibiendo la entrada de los excomulgados), y, para mayor escarnio, se tocaba de forma especial las campanas a la hora del Ángelus, recordando a los excomulgados el peligro que corrían en caso de morir en ese estado. El poder de la aflicción religiosa en la época era muy notable, de modo que los excomulgados, muy afectados, acordaron en el Cabildo del 24 de junio solicitar el perdón con absolución por su falta y someterse a los designios de la Iglesia, remitiendo el acuerdo a la Real Audiencia para su intercesión ante el Obispo.

Éste se mantuvo firme en su decisión durante varios meses, hasta que envió a uno de los notarios de la Vicaría foránea al Ayuntamiento con el fin de notificarles sólo a los representantes de los gremios (ya que al parecer se habían visto forzados por los regidores a la no asistencia) citación para que se personasen en Monóvar, donde residía, a fin de recibir la absolución.

Los arrepentidos fueron cumplidores en fecha y hora, imponiéndoseles una penitencia no muy severa. Recibieron varios azotes (¡!) y una curiosa recomendación: “... hazer algún obsequio en culto del Santísimo Sacramento, lo executasen y que el sábado siguiente le preceptuó oyese misa en la iglesia del convento de Santo Domingo de esta dicha ciudad y save por haverlo visto que también fue a la dicha villa de Monóvar a la absolución Christóbal Alemany, maestro del oficio de cordelero...”.


Los regidores seguían excomulgados esperando una resolución favorable del Consejo. A últimos de 1743 se llegaría a concordia con el Obispado, pero sólo de forma aparente ya que el Ayuntamiento tenía la intención de continuar en sus trece. Al año siguiente, amenazaron de nuevo con no costear los gastos de la procesión, conminándoles el Obispo ya que existía orden real de proveer 400 libras a este acto, sin que ello estuviera condicionado por la hora de celebración.

Pero lo regidores no estaban dispuestos a tolerar el manejo de los fondos municipales, y argumentaban que la buena voluntad para la concordia no les obligaba a ceder en este aspecto. A estas alturas es evidente la fuerte personalidad e inteligencia despierta del Obispo, que adivinando las intenciones de los regidores, obtuvo una carta de Felipe V dirigida al “Corregidor, Corregidores y Ayuntamiento de la Ciudad de Alicante, sus gremios y demás seglares y comunidades”, por la que ordenaba acatar las disposiciones del Obispo, que lo habían sido en todas las Iglesias de la Diócesis a excepción de la de Alicante.

¿Cómo debió sentar la recepción de una carta firmada por el mismísimo Rey en un Cabildo como el de Alicante, desde luego no de los más importantes y notorios del reino? Podemos imaginar la estupefacción, impotencia e incluso gran irritación de los regidores. Pero una orden real era demasiado incluso para ellos, de modo que la víspera del Corpus, conociendo la llegada a la ciudad del Obispo para dicha celebración, nombraron y enviaron dos diputados capitulares para cumplimentar al Obispo en su alojamiento alicantino. Y como demostración de acatamiento, los diputados nombrados fueron precisamente los que mayor oposición presentaron a la obediencia al Obispo en esta causa. Tras presentarse el escribano municipal ante el Obispo para comunicarle la visita de los diputados, regresó al Ayuntamiento comunicando la respuesta del Obispo “... quien se encuentra dispuesto a recibir a los diputados en el momento que creyeran oportuno”, a la par que ordenaba el libramiento a Jerónimo Rosell, portero mayor, la cantidad de ocho libras para el pago a los cocheros y lacayos que debían trasladar a los diputados.Obsérvese la fina e irónica respuesta revestida de aparente elegancia del Obispo.

Tras estos incidentes, y con la subida al trono de Fernando VI, la autoridad de los Obispos se vio reforzada iniciándose una mayor depuración de las prácticas religiosas, con el fin de separar de ellas aquellos “adornos que distraían de su auténtico sentido”.
Un ejemplo claro de distracción del auténtico fin religioso era la Romería a la Santa Faz. Las comidas, fiestas y excesos que acompañaban el recorrido de la Peregrina, contraproducentes en época cuaresmal, no podían pasar desapercibidos a la autoridad y celo de Gómez de Terán, conocedor sin duda del caso omiso hecho por la ciudad al decreto del Sínodo de 1663, ordenando el cambio de fecha. De modo que aprovechó (pienso que lo hubiera hecho de todos modos) que ese año el 17 de marzo caía en la semana anterior al Viernes de Dolor, para decretar el cambio de fecha de la Santísima Faz al jueves siguiente a la Dominica In Albis, como había ordenado el Sínodo ochenta y nueve años antes.

¿Cuál fue la reacción del Cabildo municipal?: En sesión de 18 de marzo de 1752, se dan por enterados del cambio de fecha, se nombran los dos diputados para asistir a la procesión peregrina y además ordenan la reparación de los caminos que llevaban al Monasterio, pidiendo a las autoridades militares que velasen por la asistencia a estos trabajos de reparación a los dueños de las galeras y carros, para abreviar la tarea y abaratar los costes, poniendo especial cuidado en la organización de la festividad y los actos consecuentes.

Podemos imaginar el sentir del Cabildo municipal. No sólo tuvieron que ceder humildemente a las órdenes del Obispo (demasiado recientes aún las excomuniones y la carta real obligándoles al acatamiento) como para volver a plantarle cara, ni siquiera, aunque se tratara para mayor enervación y precisamente, en algo tan genuinamente alicantino y popular como la Peregrina.

Indudablemente se encontrarían “solos” en esta guerra. Obviamente, ninguna orden religiosa, y menos aún las monjas y franciscanos, ni la nobleza tan afín al poder religioso, ni los grupos gremiales con sus recién absueltos y azotados representantes, osarían abrir la boca en defensa de los privilegios del Ayuntamiento, aún siendo Patronos perpetuos de la Santa Faz.De modo que la victoria de la autoridad eclesial era total. Sin duda, las relaciones entre el Cabildo y el Obispado en esta época fueron de cortesía artificial pero impoluta.

Pero no hay mal que cien años dure, y la muerte le llegó a don Elías Gómez de Terán en octubre de 1758. Así que a primeros de 1759, la Iglesia, cediendo a las influencias de los regidores, decretaba que “...para que debido a la carta del Cabildo de Orihuela, se execute la procesión del Corpus por la tarde como se hacía de tiempo inmemorial”. La Peregrina debía esperar a los vientos liberales de la guerra de la Independencia para volver a su primitiva fecha, y en 1811, el 3 de marzo, el nuevo Obispo recibió invitación del Cabildo:“Ilustrísimo Señor: Siendo tan antigua y fervorosa devoción de este vecindario a la Reliquia de la Santísima Faz del Señor, cuya festividad ha de celebrarse el día 17 del corriente...”

Efímero fue este nuevo cambio, ya que con la llegada de Fernando VII, volvería al jueves siguiente a la Dominica In Albis.

He aquí el auténtico motivo del cambio de fecha, que dista mucho de una obediencia sumisa o de una cordialidad y concordia, por otro lado deseable, entre el Cabildo y el Obispado.

Salvando este paréntesis, hemos de volver al punto en el que el pueblo hizo caso omiso de lo decretado por el Sínodo de Orihuela. Decía que el pueblo ignoró deliberadamente este cambio, y seguía celebrando la Peregrina el 17 de marzo. De este modo, el esmorzaret alicantí ganó la batalla al menú cuaresmal; es decir, el pueblo llano impuso su propia filosofía introduciendo un elemento innovador en la Peregrinación: ya no se trataba sólo de una demostración de fervor popular, sino que además se revestía la celebración religiosa de una connotación lúdico-festiva que ha alcanzado mayor perfección en la actualidad formando parte del protocolo de la fiesta, según veremos más adelante.

Sin embargo, parece que la comunicación entre la Corona, el Consejo y la Diócesis o no era muy fluida, o bien la Corona optó por apoyar el movimiento popular, ya que en los “Estatutos para el Gobierno de la Ciudad de Alicante”, expedidos el 18 de diciembre de 1669 (seis años después de cambiada la fecha por el Sínodo Diocesano), por Carlos II y la Reina Doña Mariana de Austria, su madre, se insiste en que “el día de la Santísima Faz, el 17 de marzo, se darán al predicador cuatro libras, y a las monjas, para ayuda al gasto de la comida, cuarenta libras; se pagará la limosna de la procesión peregrina conforme a la certificatoria, y a la música, cinco libras, y se pagará el gasto de los coches en que vuelve la Ciudad de dicho convento”.


En estos mismos Estatutos se clarifican diversos aspectos del patronazgo y se especifican las ocasiones en que debe abrirse el Sagrario de la Reliquia, y las formalidades requeridas. En concreto, en la cláusula XII se dispone que “las llaves del Sagrario de la Santa Faz estén guardadas en el Archivo de la Sala de dicha Ciudad, en una arquilla cerrada con tres llaves, los cuales tengan los Justicias, y los dos Jurados en cap de Caballeros y ciudadanos; los cuales son puedan abrir, ni dar lugar a que se saquen las dichas llaves del Sagrario, sino es precediendo resolución por la Sitiada, con auto recibido por el Escribano de la Sala, continuado en el libro de ceremonias, y que no se de lugar a que se abra y muestre la Santa Reliquia, sino es a Príncipes o Personas Eclesiásticas o Seglares, de tal calidad y suposición que se le deba permitir; y en este caso, un Oficial de la Ciudad vaya con las llaves, y no se haga por ningún caso lo contrario, pena de veinte y cinco libras por cada vez, a cualquiera de los que contravinieren”.

Como decía, seis años después de cambiada la fecha, la Corona sigue mencionando la del 17 de marzo. Por otra parte, se añaden elementos interesantes al protocolo:

- Se establecen los “costes” de cada parte, y se fija la cantidad que ha de destinarse a la comida. Se deduce de esto que cuando la comitiva llegaba al Monasterio, las monjas tenían preparado el menú de las personalidades.

- Se ordena el lugar exacto donde deben guardarse las llaves, que no será un lugar aleatorio del Consistorio, sino en una arquilla cerrada con tres llaves, así como las personas que han de custodiar dichas llaves: los Justicias, dos Jurados en cap de Caballeros y ciudadanos...- Establece el procedimiento formal: habrá una resolución del Cabildo, comunicado al Escribano de la Sala, que deberá ser inscrito en el libro de ceremonias, y que deberá ser comunicado personalmente por un Oficial de la Ciudad, que portará asimismo las llaves del Sagrario, a la Abadesa y confesor del Monasterio.

- Se prohíbe la exhibición de la Reliquia de forma aleatoria y se reserva el privilegio para altas personalidades.- Se fija una multa al Cabildo si no se hiciere así.

Se confirman pues las visitas de importantes personalidades nacionales y extranjeras, que deseaban visitar la Reliquia. Esto hizo obligado el establecimiento de actos concretos y el desarrollo de un protocolo más o menos estándar que evitara la improvisación en un acontecimiento de tamaña dimensión frente a la presencia de Reyes, Príncipes, Prelados, Patriarcas, Almirantes, Generales, hombres de Estado....(están constatadas documentalmente las visitas de Isabel II, Amadeo de Saboya, Alfonso XII y Alfonso XIII, Antonio María Claret, Leopoldo Eijo Garay, Arzobispo de Madrid, Nuncios Apostólicos, Francisco Franco, ilustres personalidades del mundo de la música, cultura, arte...).

Poco a poco se va perfeccionando un protocolo para las ocasiones especiales (rogativas, calamidades públicas, o la celebración de algún fausto acontecimiento). En estos casos, la Reliquia es trasladada a Alicante, según el ritual de llaves y recorrido ya establecido. Pero al acto se unen no sólo una Comisión, sino todo el Cabildo y el Municipio, todos los Cleros parroquiales además de gran muchedumbre. Tras las solemnidades ya descritas, y tras sacar la Reliquia de su tabernáculo, las principales autoridades eclesiásticas y políticas se montan en uno de los mejores carruajes. Aparece la figura de los Custodios, nombrados de antemano, y que deben ser dos propietarios de la huerta, quienes hacen guardia a caballo a la Reliquia desde el Monasterio hasta San Nicolás, siguiendo el itinerario establecido.
Al llegar a lo alto del Garbinet se hace una triple salva desde el castillo (Real Orden de 17 de mayo de 1829, confirmada por otra de 7 de diciembre de 1865) para que el pueblo se prepare a salir a recibirla, al tiempo que las campanas se echan al vuelo. Reunido todo el Ayuntamiento en la Colegiata, salen procesionalmente con todo el Clero y se dirigen a la Misericordia, donde acuden todas las comisiones y personas que desean acompañar a la Reliquia. Parten hacia San Nicolás por las calles Sevilla, Parroquia, Plaza de Santa Teresa, San Vicente, Parque, Liorna, Méndez Núñez, Mayor, San Nicolás y Ángeles, y en el trayecto se da la bendición con la Reliquia en la puerta de la Misericordia, en el sitio que ocupaban las de la Reina y Elche, en las cuatro esquinas de la calle Mayor, y en la puerta de la Colegiata, haciendo estación en la Iglesia de las Madres Capuchinas para que las religiosas la veneren. Se hacen también bendiciones en el trayecto de venida; la primera en la plaza del caserío y después se vela el Divino Rostro; otra en el cruce de los antiguos caminos de Orgegia y LLoixa; en la Foya o cruce de los del Garbinet, Villafranqueza y Ángeles; al cruzar la carretera del Palamó; en la ermita de Nuestra de los Ángeles, en donde se hace un pequeño descanso, para acabar en la puerta de la Misericordia, a la llegada.

Se establece que durante el tiempo que permanece en San Nicolás, (habitualmente tres días), esté siempre expuesta en el tabernáculo, y continuamente acompañada de fieles, especialmente a la hora de las Rogativas. A la vuelta, se efectúa el siguiente recorrido: calle de los Ángeles, San Nicolás, Mayor, San Agustín, Monjas, Villavieja hasta la Ermita del Socorro, dándose las bendiciones en la puerta de San Nicolás, cuatro esquinas de la calle Mayor, Puerta Nueva (principio de la calle del Socorro) y frente a la Ermita del Socorro, haciendo estación en el Convento de las Madres Agustinas y en la Iglesia de Santa María, disolviéndose la procesión en la ermita, después de la última bendición. Allí se toman carruajes y siguiendo la carretera de Alcoy, se bendice del mismo modo que a la venida, en la Cruz de Piedra, en la de Fusta, en la puerta de la hacienda de los señores de Díe, en el cruce de los caminos de Orgegia y LLoixa y en la Plaza del Convento. Colocada la Reliquia en el tabernáculo, se da por terminada la Rogativa.

Aparecen dos nuevos elementos:

- Durante la estancia de la Reliquia en San Nicolás, se asegura la presencia-custodia de la misma durante todo el tiempo, y se nombran oficialmente por el Cabildo los 3 sacerdotes que han de oficiar las Misas y Rogativas durante esos días, normalmente distribuidos entre las Órdenes Religiosas de la Ciudad, así como los representantes oficiales que han de estar presentes en los oficios.

- Aparece por primera vez una parada en la Finca Lo de Die (la Finca está situada en Orgegia, a pie de lo que hoy es la Avda. de Denia, frente al Complejo de Vistahermosa, y en la actualidad es un Restaurante propiedad de la empresa Catering Nevada. Esta parada se convirtió en oficial durante los años siguientes, hasta que a finales de la década de 1970, la finca fue vendida y los nuevos propietarios no quisieron hacer uso del privilegio adquirido), que acaba sumándose al itinerario oficial. Esta parada se produce porque en una de las romerías, llegando a su altura, descargó una intensa lluvia. Los señores de la Hacienda ofrecieron hospitalidad a los peregrinos, que resguardándose en la misma, fueron obsequiados con un ligero almuerzo a base de rollos de vino y Fondillón para reposición de sus fuerzas y alivio del frío (liviano refrigerio pues se estaba en la época cuaresmal).

En el siglo XVI aparece en los documentos otro elemento sustancial a la Peregrina: la Feria de Santa Faz. En sus inicios, se trataba de mercaderes y feriantes que acudían a las concentraciones de muchedumbre de éste y otro tipo de eventos para vender sus productos.

Se les asignaba por el Corregidor los puestos a ocupar en el Caserío, y que eran levantados por operarios municipales. Los comerciantes sufragaban los costos de los operarios y a cambio no hacían efectivo ningún otro impuesto, salvo una limosna que debían entregar al convento.Más tarde, a finales del siglo XVIII, las monjas, en su penuria, solicitaron al Gobernador y Corregidor de la Ciudad que las autorizara para montar ellas los puestos, obteniendo además de la limosna el coste pagado por el montaje, que realizaban en la práctica los hermanos del convento franciscano anexo al Monasterio.

Esto disgustó a los regidores del Patronato, que a la par de ofenderse por permanecer ajenos a la cuestión siendo patronos, vieron en la organización de la Feria la posibilidad de obtener ingresos añadidos. Reclamaron al Gobernador quien zanjó la polémica confirmando que él era el único con potestad para decidir todo lo relacionado a la Feria. En sus palabras “... la Feria de la Santa Faz, en todos los tiempos ha sido dispuesta y arreglada por el Corregidor de esta Ciudad, sin la menor intervención de los Regidores en quanto señalamiento de sitios y terreno para las paradas de feriantes, quedando solo a cargo y cuidado de los Regidores y Diputados del Común últimamente los repsos y demás pertenecientes al fiel Executor de més...”.


Continuaron así las cosas hasta que volvieron a complicarse con la demanda de segregación de San Juan, con la duplicidad de competencias y de los límites mal señalados entre San Juan y Alicante. No obstante, esto no es materia de interés para el trabajo en sí, aunque lo menciono porque estos tira y afloja me han pensar que debieron influir sin duda en las cuestiones protocolarias de la Peregrina, ya que la presencia del Gobernador-Corregidor en ellas debía ser de suma importancia.

Me parece oportuno en este momento volver sobre la cuestión del Rezo. He dicho anteriormente que aunque la devoción Verónica se inició con los primeros milagros de 1489, con la llegada de las Clarisas al Monasterio el Rezo se constituyó de forma continuada. En los primeros años debió realizarse de forma individual hasta la organización oficial surgida por primera vez el 17 de marzo de 1525 cuando el Papa Clemente VII aprobara el Rezo propio de la Santa Faz. A partir de aquí se instituyó la costumbre de acudir oficialmente al Monasterio para conmemorar los prodigios.

La tradición señala como autor del antiguo Oficio al Padre Mateo, custodio de la Orden Franciscana, y estaba compuesto con nueve Lecciones, oraciones e himno. Las nueve Lecciones estaban dedicadas a relatar los hechos milagrosos y se debieron escribir entre 1519 y 1524. El privilegio obtenido viva vocis oráculo del Papa Clemente VII, y permitía a la Comunidad del Monasterio celebrar la fiesta con título de Doble mayor cada 17 de marzo. Con la llegada de Pío V, se inició en Roma la reforma mencionada anteriormente, para acabar con los abusos cometidos por algunos eclesiásticos en lo referido a la concesión de permisos para cultos. Esto afectó al Rezo de la Santa Faz, obligando a que las nueve Lecciones debían tratar tres sobre las Sagradas Escrituras, tres sobre la historia y vida de los santos y las tres últimas a las Homilías de los Santos Padres. Con estas condiciones el Oficio Verónico debería quedar suprimido, ya que sus nueve Lecciones sólo hablaban de los prodigios. Sin embargo, el Rezo siguió ofreciéndose hasta muchos años después.

El jesuita Juan Bautista Maltés relata que después de ser abolido el Oficio, el obispo de Orihuela don José Esteve, dispuso otro rezo ateniéndose al nuevo orden exigido por Roma, sin tocar narraciones milagrosas en las lecciones del Segundo Nocturno, pero su muerte impidió su instauración.

Se iniciaron nuevos intentos para conseguir la aprobación de un nuevo Rezo (confeccionado por el padre jesuita Juan Monreal), que fue entregado por el Vicario foráneo al obispo y enviado a Roma, quedando las gestiones paralizadas por la guerra.

Volvieron a reanudarse años más tarde con coincidiendo sendas e importantes obras tanto en San Nicolás como en el Monasterio de la Santa Faz (en este periodo se inició la construcción del Camarín de la Santa Faz y grandes obras en el convento). El Cabildo encargó al provincial franciscano de Valencia la composición del Rezo y que lo presentara a la sagrada Congregación de Ritos a través del General de la Orden, y encomendaron del seguimiento de actuaciones a don Miguel de Angulo, Agente español en la Curia. En 1688 era nombrado Procurador General el padre fray Jerónimo de Sosa, franciscano, a quien se recurriría para que a través de su cargo intercediera en el caso. En un viaje de éste a Roma, el Cabildo le hizo portador de una carta para el marqués de Cogollugo, embajador de España en Roma, en la que se le solicitaba su intercesión con el Papa.

Los trámites continuaron durante los siete años siguientes, con épocas más optimistas que otras, y en las que se cruzaron desidias en los trámites, dejación de funciones por las partes implicadas, ambiciones del jurado que superaban las de consecución del propio Rezo, pretendiendo que el mismo se instaurase en todos los conventos de la provincia, circunstancia que produjo malestares, desconfianzas y desaires, distrayendo de la primitiva intención.

Esta mala racha culminó con la muerte del Papa, el reajuste en la Curia y los cambios consiguientes, el cese del Procurador General y nuevo nombramiento en la persona de fray Juan Pérez López, el bombardeo de la ciudad por la escuadra francesa, que obligaron a dedicarse a los jurados a otras urgencias, y el hecho de que el nuevo procurador estuviera inmerso en un caso de beatificación.

Tantas dificultades obligaron a los jurados a escribir, en septiembre de 1692, a don Vicente Nogueroles, su procurador en Madrid, remitiéndole un memorial de súplica al monarca para que encargase a su Agente General en Roma “...la instancia que el Cabildo y esta Ciudad están haziendo para el Rezo de la Santísima Faz...” (Archivo Municipal de Alicante, armario 11, libro 9, folio 98). Del mismo modo recurrieron al Virrey adjuntándole copia del expediente para que la hiciera llegar a manos de su hermano el cardenal Homo Dei, y que éste interviniera ante la Sagrada Congregación.

La consecución del Rezo parecía tomar de nuevo positivos rumbos. Sin embargo, un problema protocolario de consecuencias políticas serias, una grave afrenta sufrida por el embajador de Madrid en Roma, y los enfrentamientos internos de la Nunciatura, retardaron de nuevo la resolución impidiendo incluso la tramitación de expedientes.Así las cosas, la Ciudad decide escribir a su procurador en Madrid para que presentara memorial ante el Consejo de Aragón, con el fin de que el rey recomendara en nuevas cartas el Rezo detenido en Roma e influyera sobre su Agente general don Alonso de Torralba y del embajador ordinario en aquella ciudad. Las gestiones quedaban paralizadas en la Sagrada Congregación, que no daba respuesta.

Un hecho vino a animar a los jurados en sus pretensiones. Fue el nombramiento de don Manuel Martí, ilustre alicantino, a quien el Papa Inocencio XII le había concedido el deanato de la Colegial de Alicante. Los jurados aprovecharon de nuevo estas oportunas influencias, y a la par de solicitarle intercesión para la cuestión del Rezo, aprovecharon la coyuntura para mencionarle el mal estado de San Nicolás y sus deseos de instaurar el jubileo para el patrón de la ciudad. El deán Manuel Martí, conocedor de las anteriores ambiciones del jurado alicantino por la imposición del Rezo en toda la provincia, debió molestarse mucho con aquel exceso de peticiones. Así pues, mes y medio después de recibir la pretenciosa carta del jurado, contestó duramente, de cuya carta transcribo algunos párrafos:

“... En execución del orden con que Vuestra Señoría se sirve de honrar mi obediencia, he hablado con don Miguel de Angulo, agente en esta Curia, sobre el negocio de la Santa Faz, y me ha respondido hallarse totalmente desesperanzado por no haver exemplar de alguna que tenga rezo, después de la reforma de Pío V. Y a la verdad parece muy justa esta resistencia de la Sede Apostólica, en unas reliquias tan sospechosas como éstas (sin duda, Manuel Martí era conocedor de la llamada “Polémica Ilustrada”, suscitada en esos tiempos entre el padre José Fabiani, sacerdote jesuita, y el presbítero Agustín Sales, Cronista de Valencia y del Real Monasterio de la Santísima Trinidad, sobre la autenticidad del lienzo, y cuyos detalles se omiten por no considerarlos de relevancia para el trabajo. La polémica incluyó intervenciones de personalidades importantes de la Iglesia, aunque nació y murió en los ámbitos más intelectuales de la sociedad, y fue propagada ampliamente en Alicante por las Órdenes religiosas existentes, aunque sin que llegase a las clases más bajas. Parece que tuvo mucho más que ver con las rivalidades entre los jesuitas (10 años después fueron expulsados de España) y el resto de órdenes religiosas, y propiciado por el hecho de haber sido nombrado el padre Fabiani predicador de la Peregrina ese año, contrariamente a la tradición, en que lo era habitualmente un franciscano, ya que este era el único nombramiento potestad del Cabildo, quien no debió medir las consecuencias de su decisión, ni tener en cuenta las circunstancias que rodeaban a los jesuitas, dejándose llevar quizá por otras presiones, ya que el padre Fabiani contaba con parientes entre varias clarisas del convento...), de las que tenemos otras tres en Baeza, Turín y Roma, omitiendo otras que me acuerdo haver leido...procuraré hazer averiguación para el correo que viene, si la que tenemos en Roma, en el Vaticano, tiene rezo particular y en ese caso podremos concebir alguna esperanza de adelantar esta pretensión...”De modo que después de diez años de gastar cuantiosas sumas, la Ciudad seguía sin obtener el ansiado rezo.

Se demuestra aquí la necesidad de la sutileza, humildad y corrección con que han de hacerse trámites tan importantes. La prepotencia, supervaloración de las propias posibilidades y el exceso en las demandas y exigencias, abrumando a los supuestos benefactores o intermediarios, son la antítesis de las reglas del protocolo.

Opino que los inconvenientes que con toda seguridad existían para el otorgamiento del Rezo por Roma, hubieran podido evitarse en gran manera si los jurados de la época hubieran sabido utilizar sus cartas con humildad. Las exigencias y la prepotencia cuando se está pidiendo a un superior algo que es, a todas luces, bastante graciable, pretendiendo además que nuestra solicitud sirva para otros fines de lucimiento y demostración de poder (como es el caso de la imposición del Rezo en todos los conventos e Iglesias de la provincia, por encima de los deseos de las propias órdenes no franciscanas), es como autoenviarnos la denegación.Como señala Enrique Cutillas en su publicación El Monasterio de la Santa Faz. Religiosidad Popular y Vida Cotidiana, los errores cometidos por el jurado fueron:

- El proyecto inicial era el de engrandecer el Monasterio con un rezo propio para la Santa Faz, pero no un rezo ordinario, sino, además, de Doble Mayor.- La pretensión de extender el rezo a toda la provincia.- La exigencia del nombramiento de un patrón peculiar para el rezo (en la persona de Fray Benito).- El no respetar las jerarquías y autoridad de aquellos a quienes se solicitaba intermediación (el jurado cruzó solicitudes iguales a diferentes personalidades con rangos distintos).

De modo que así comenzó a dormir la concesión del Rezo, desde mitad del 1600 hasta mediados de los ochenta del siglo XVIII. Fue entonces la propia Comunidad de Religiosas, con ayuda de los franciscanos, quienes intentarían obtener de la Sagrada Congregación el nuevo rezo. En mayo de 1794, la abadesa sor Francisca Antonia Verdú, comunicaba por escrito a la Ciudad:

Acaba de llegar de Roma la plausible y alegre noticia de averse dignado su Santidad conceder a este Monasterio el Oficio Propio de la Santísima Faz, Doble de Primera Clase, con Octava, noticia que debe llenar de alegría a este Santo Monasterio y a esa favorecida Ciudad. Por cuio motivo no excluyendo de esta alegría a Vuestras Señorías, se la participa esta comunidad, pidiendo su permiso y licencia para poder manifestar este regocijo con echar algunos truenos al tiempo del Te Deum y Missa, que se cantará en acción de gracias”.Cien años eran muchos y muchos los cambios acaecidos. Pero por fin la Santa Faz tenía Rezo.


VER MÁS SOBRE LA SANTA FAZ. 
(Hasta el día 5 de mayo de 2011, día de la Romería de la Santa Faz en Alicante, iremos publicando estos artículos):
Monografía alicantina: La Santa Faz, ceremonial, devoción y protocolo.Antecedentes históricos de la llegada del lienzo a Alicante. 
Celebraciones paralelas y establecimiento de sus respectivos protocolos. 
La Romería de la Santa Faz, hoy. 
Conclusiones generales. 
Oraciones a la Santa Faz.

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