Revista Coaching

¿Hay que abonar ahora salarios de tramitación si el despido es declarado nulo?

Por Asesoriza

Los salarios de tramitación son uno de los grandes protagonistas de la Reforma Laboral. El nuevo texto legal elimina el pago de estos salarios pero no en todos los casos (ojo a la “letra pequeña”) y además hay un “territorio blindado” que sigue siendo el de los representantes de los trabajadores.

PREGUNTA: Hemos despedido objetivamente por causas económicas a una trabajadora con reducción de jornada por guarda legal (con fecha 23 de abril) y la trabajadora ha reclamado contra el despido. Si el despido fuera declarado nulo, ¿tendríamos que abonarle salarios de tramitación?

RESPUESTA: Tras la entrada en vigor de la Reforma Laboral (RD-Ley 3/2012) se ha eliminado el pago de los salarios de tramitación en caso de que se opte por indemnizar (en lugar de por readmitir) al trabajador cuando el despido sea declarado improcedente. La única excepción son los representantes de los trabajadores o delegados sindicales que conservan el derecho a percibir salarios de tramitación ya sean indemnizados o readmitidos.

Pero en caso de que el despido sea nulo, como la nulidad comporta la readmisión automática del trabajador, hay que abonar obligatoriamente el importe correspondiente a los salarios de tramitación.

¡ATENCIÓN!:
Éste es sólo uno de los múltiples cambios que ha incorporado la Reforma Laboral (RD-Ley 3/2012) y que afectan -y mucho- a la manera en que tiene que actuar su empresa en materia laboral. Desaparición del “despido express” (despedir reconociendo directamente la improcedencia del despido), el fin de la necesidad de aprobación por parte de la autoridad laboral en los EREs, cambios sustanciales en el contrato para la formación y el aprendizaje, que ahora es mucho más interesante para las empresas, facilidades para acometer una modificación sustancial de las condiciones de trabajo… Los Suscriptores de MI ASESOR DE PERSONAL tienen la tranquilidad de conocer todas las novedades -y la letra pequeña- de la Reforma Laboral con un tema específico dedicado a ella. Y no sólo eso. Tienen a su disposición otros 46 temas laborales y de recursos humanos, completamente actualizados con la última normativa y jurisprudencia aplicables (Ver Índice de Temas). Y servicios de alto valor añadido como las e-Alertas (novedades directamente en su e-mail) o las Recetas Anti-Crisis.


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