El estado de los derechos humanos en el mundo.
El Informe 2010 de Amnistía Internacional documenta los abusos cometidos en 159 países y pone de manifiesto que gobiernos poderosos están bloqueando los avances que se han hecho en la justicia internacional al actuar por encima de ley con respecto a los derechos humanos, proteger a sus aliados frente a las críticas, y tomar medidas sólo cuando les conviene políticamente.
En un mundo turbulento y dividido, Amnistía Internacional revela hechos, ofrece testimonios directos y hace campaña por el cambio.
Para cada abuso contra los derechos humanos que expone, Amnistía Internacional exige rendición de cuentas. Así, en 2009, sus miembros y simpatizantes ejercieron presión en favor de una legislación nacional e internacional sólida, insistiendo en que ésta se utilice para obtener verdadera justicia.
El Informe 2010 de Amnistía Internacional documenta la situación de los derechos humanos en 159 países en 2009.
Muestra un año en que la rendición de cuentas era un ideal remoto para muchas personas, ya que sus vidas seguían laceradas por la represión, la violencia, la discriminación, las maniobras de poder y el estancamiento político.
Aun así, este informe también celebra el logro de avances concretos. Pone de manifiesto cómo los autores de los peores crímenes encuentran ahora muchos más obstáculos para salir impunes. Y argumenta que la exigencia de rendir cuentas ya no se circunscribe sólo a la reparación por homicidio o tortura, sino que abarca la negación de todos los derechos cuyo disfrute necesitamos para vivir dignamente.
Asimismo, da cuenta del coraje, la imaginación y la determinación del movimiento de derechos humanos en todo el mundo.
En defensa de la justicia: Para todos los derechos, para todas las personas
Claudio Cordone, secretario general interino
Entre enero y mayo de 2009, en Sri Lanka, unas 300.000 personas se vieron atrapadas en una estrecha franja de terreno entre el ejército srilankés, en avanzada, y los Tigres de Liberación de Eelam Tamil, en retirada. El Consejo de Seguridad de la ONU no intervino a pesar de que los informes de abusos por parte de ambos bandos iban en aumento; al menos 7.000 personas perdieron la vida, cifra que algunos elevaron hasta 20.000. El gobierno de Sri Lanka rechazó todos los informes de crímenes de guerra cometidos por sus fuerzas de seguridad y desoyó los llamamientos en favor de una investigación internacional, pero tampoco llevó a cabo investigaciones propias verosímiles e independientes. El Consejo de Derechos Humanos de la ONU convocó un periodo extraordinario de sesiones, pero las maniobras de poder dieron lugar a que los Estados miembros aprobaran una resolución redactada por el propio Estado de Sri Lanka, en la que éste se felicitaba por su victoria frente a los Tigres de Liberación. Al final del año no se había procesado a nadie a pesar de que existían nuevas pruebas sobre crímenes de guerra y otros abusos.
Resulta muy difícil imaginar un fracaso más rotundo a la hora de conseguir que los autores de abusos contra los derechos humanos rindan cuentas de sus actos.
Claudio Cordone, secretario general interino de Amnistía Internacional, habla con una madre que dio a luz en el centro médico CMA, Sector 30, en Uagadugú (Burkina Faso).
Pensando en ello, recordé el prólogo del Informe 1992 de Amnistía Internacional. Se titulaba “Crimen sin castigo”, y en él la organización nombraba muchos países cuyos dirigentes políticos y militares, responsables de ordenar o tolerar homicidios, desapariciones forzadas, violaciones sistemáticas y otras torturas, no corrían ningún peligro de ser obligados a rendir cuentas. Sri Lanka sobresalía como ejemplo: su gobierno de entonces no había llevado ante la justicia a los responsables de decenas de miles de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas cometidas en la violenta campaña librada por el gobierno en 1988-1990 para acabar con la insurgencia interna.
Así pues, la pregunta obligada sería: ¿ha cambiado algo en estos dos decenios? Si nos fijamos en Sri Lanka en 2009, e incluso en la situación de Colombia o de Gaza, lo lógico sería responder que realmente no. Y entonces, ¿para qué luchar por la rendición de cuentas? Pero estaríamos pasando por alto el gran avance que se ha hecho en menos de 20 años –pese a nuevos y viejos desafíos–, que hace que a los autores de esos crímenes ahora les resulte mucho más difícil salir impunes.
Sí, todavía estamos muy lejos de dar pleno alcance a la justicia. Hay situaciones que impiden toda clase de escrutinio, y en otras simplemente se tarda demasiado en hacer justicia. Pero hay progresos. De hecho, la demanda de rendición de cuentas se ha extendido, más allá del terreno ya conocido de la reparación por homicidios o tortura, a la negación de derechos humanos fundamentales como la alimentación, la educación, la vivienda y la salud, que todas las personas necesitamos también para vivir con dignidad.
Rendición de cuentas: los logros
Rendir cuentas consiste en asumir la responsabilidad sobre las propias acciones –o inacciones– cuando éstas tienen consecuencias para otras personas. Es un concepto amplio: se puede hablar de rendición de cuentas política, comprobable, por ejemplo, en las elecciones; o de rendición de cuentas moral, medible tal vez en función de la escala de valores de una sociedad.
Las normas internacionales de derechos humanos se centran principalmente en establecer la rendición de cuentas ante la justicia. Las personas tienen derechos que deben estar plasmados y protegidos por la legislación; quienes ejercen la autoridad tienen la obligación –legalmente establecida también– de respetar, proteger y realizar los derechos individuales.
Garantizar la rendición de cuentas es importante porque, ante todo, quienes sufren un daño tienen derecho a conocer la verdad y a obtener justicia. Las víctimas y sus familiares necesitan ver que se reconocen los agravios que han sufrido y que los responsables comparecen ante la justicia para responder de sus actos. Para que las víctimas obtengan reparación, tan importante es averiguar lo sucedido, quiénes lo hicieron y por qué, como llevar ante la justicia a los responsables de los abusos.
La rendición de cuentas, además, nos permite mirar hacia delante. Sirve para disuadir a quienes fueran a cometer crímenes y también como base para introducir reformas en las instituciones estatales e internacionales. Unos mecanismos eficientes y efectivos de rendición de cuentas ayudarían a los Estados a mejorar sus leyes y políticas y a comprobar los efectos de éstas en la vida de las personas.
En los dos últimos decenios se ha conseguido, mediante una campaña global, que la justicia internacional adquiera protagonismo. Entre los logros de esa campaña está, en 1998, la creación de la Corte Penal Internacional, fundada sobre los cimientos de los tribunales internacionales creados para juzgar los casos de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra en la ex Yugoslavia y Ruanda.
El año 2009 marcó un hito con la orden de detención dictada por la Corte Penal Internacional en la que se nombraba a un jefe de Estado en activo –Omar Al Bashir, presidente de Sudán– por cinco cargos de crímenes de lesa humanidad (asesinato, exterminio, traslado forzoso de población, tortura y violación) y dos cargos de crímenes de guerra (ataques intencionales contra civiles).
Al final del año, el fiscal de la Corte Penal Internacional había abierto investigaciones sobre tres situaciones remitidas por los Estados donde se habían cometido los crímenes: Uganda, República Democrática del Congo y República Centroafricana, y sobre una situación remitida por el Consejo de Seguridad de la ONU (Darfur, en Sudán). Además, el fiscal pidió autorización a la Sala de Cuestiones Preliminares para abrir otra investigación (Kenia). La Corte ha llamado a declarar a un dirigente de un grupo armado de Darfur y ha dictado órdenes de detención contra un líder de una milicia, una alta autoridad del gobierno sudanés y el presidente de Sudán, así como contra dirigentes de grupos armados de Uganda, República Democrática del Congo y República Centroafricana. Fueron pasos importantes para aplicar el principio de que todas las personas que cometan crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad serán obligadas a rendir cuentas por igual, tanto si pertenecen al gobierno como a otras instancias.
En los últimos años, el fiscal de la Corte Penal Internacional ha ampliado el ámbito geográfico de su labor al realizar exámenes preliminares sobre cuatro situaciones fuera de África: Afganistán, Colombia, Georgia y el conflicto de Gaza y el sur de Israel en 2008-2009.
El proceso por el que los Estados ratifican el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional –al final de 2009 ya lo habían hecho 110– ha estimulado la reforma jurídica interna, de modo que se está dotando a los tribunales nacionales de competencias sobre los delitos de derecho internacional, permitiendo que se procese en el extranjero a sospechosos cuando éstos disfrutan de impunidad en su lugar de origen, y estrictamente sólo en ese caso.
A pesar de algunos contratiempos en el avance de la jurisdicción universal en 2009, como la decisión adoptada en España de admitir únicamente los casos en que la víctima sea española, los abogados han iniciado acciones judiciales y algunas causas han prosperado ante tribunales nacionales en América, Europa y África. En Sudáfrica, dos ONG impugnaron ante los tribunales en diciembre la decisión de las autoridades de no abrir investigaciones en aplicación de la legislación sudafricana sobre jurisdicción universal en relación con presuntos crímenes contra la humanidad cometidos en Zimbabue por personas de las que se sabía que se habían trasladado a Sudáfrica. Al final del año, más de 40 Estados habían promulgado, desde 1998, leyes que mantenían o reforzaban la jurisdicción universal sobre los delitos de derecho internacional, contribuyendo con ello a achicar una pequeña parte de la brecha global de la justicia.
Tales investigaciones y procesamientos han transformado la manera en que tanto los gobiernos como el público en general ven los crímenes de derecho internacional. Cada vez es mayor el reconocimiento de lo que realmente son: graves crímenes que deben ser investigados y enjuiciados, y no asuntos políticos que se resuelven a través de los canales diplomáticos. Este cambio de percepción me resulta especialmente estimulante después de haber participado, junto a mis colegas, en la intensa campaña para conseguir la rendición de cuentas del ex presidente de Chile Augusto Pinochet tras su detención en Londres en 1998.
En toda Latinoamérica, tribunales y gobiernos nacionales están reabriendo investigaciones sobre crímenes que durante mucho tiempo estuvieron protegidos por leyes de amnistía. Estos avances demuestran cómo, incluso varios decenios después de los hechos y a pesar de las numerosas amnistías y otras medidas de impunidad destinadas a bloquear los procesamientos, la sociedad civil sigue luchando para derribar los obstáculos que le impiden obtener verdad, justicia y reparación.
Hubo varias sentencias históricas en 2009, entre ellas el fallo condenatorio dictado en abril contra el ex presidente de Perú Alberto Fujimori por crímenes de lesa humanidad, que procuró cierto grado de resolución emocional a los familiares de las personas secuestradas, torturadas y ejecutadas extrajudicialmente por escuadrones de la muerte militares en tres casos diferentes a principios de la década de 1990. En octubre, la Suprema Corte de Justicia de Uruguay declaró nula y sin efecto la amnistía promulgada para garantizar impunidad a los autores de violaciones graves de derechos humanos a finales de la década de 1980 por considerar que no se ajustaba a las obligaciones contraídas por Uruguay en virtud del derecho internacional. Además, casi al final de 2009, los fiscales argentinos empezaron a presentar pruebas en uno de los juicios más importantes desde la disolución de las juntas militares de gobierno (1976-1983), en el que 17 miembros de las fuerzas armadas y la policía estaban acusados de cometer torturas, desapariciones forzadas y asesinatos en la tristemente conocida Escuela Superior de Mecánica de la Armada.
La lucha por la justicia se extendió mucho más allá de Latinoamérica. Sierra Leona, por ejemplo, continuó en 2009 su acercamiento a la reconciliación con su pasado al concluir todos los juicios ante el Tribunal Especial para Sierra Leona salvo el del ex presidente de Liberia Charles Taylor, que seguía en curso. Y en Asia, uno de los jefes tristemente célebres del Jemer Rojo en Camboya fue juzgado finalmente por crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad cometidos más de 30 años atrás. Kaing Guek Eav (“Duch”) había dirigido la Oficina de Seguridad S-21, donde se pensaba que al menos 14.000 personas habían sido víctimas de tortura y posterior homicidio entre abril de 1975 y enero de 1979. Era el primer juicio celebrado ante las “Salas Especiales de los Tribunales de Camboya”. Es cierto que este tipo de tribunal provisional debe dar paso en cuanto sea posible a un sistema de justicia nacional operativo, pero al menos sus actuaciones han hecho posible que se reconozca públicamente el sufrimiento de los supervivientes.
En 2009, hasta los Estados poderosos comprobaron que no siempre podían sustraerse a la ley. Aunque algunos Estados europeos mostraron tibieza a la hora de perseguir las violaciones de derechos humanos cometidas en el contexto de la “guerra contra el terror” dirigida por Estados Unidos, un tribunal italiano condenó en noviembre a 22 agentes de la CIA, un miembro de la fuerza aérea estadounidense y 2 agentes de los servicios de inteligencia militar italianos por su participación en el secuestro de Usama Mustafa Hassan Nasr (Abu Omar) en una calle de Milán, Italia, en 2003. Abu Omar había sido entregado posteriormente a Egipto, donde había permanecido 14 meses en detención secreta y, al parecer, había sido torturado. El juicio se celebró, en gran medida, por el empeño de la Fiscalía de Milán en que se cumpliera la ley a pesar de las presiones de su propio gobierno para que retirara los cargos, y a pesar de que ninguno de los agentes estadounidenses llegó a ser arrestado o a comparecer ante el tribunal.
La existencia de la Corte Penal Internacional ha permitido que se adopte una actitud más seria con respecto al asunto de la rendición de cuentas incluso en los Estados que no han aceptado formalmente la competencia de la Corte, en los que los autores de abusos, de no existir la Corte, se habrían sentido inmunes. El Consejo de Derechos Humanos de la ONU estableció una misión de investigación independiente presidida por el juez sudafricano Richard Goldstone –que había sido fiscal de los tribunales penales internacionales para Ruanda y la ex Yugoslavia– con el cometido de investigar presuntas violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto que se libró en Gaza y el sur de Israel durante 22 días y terminó en enero de 2009. El Informe Goldstone concluyó que tanto las fuerzas israelíes como Hamás (y otros grupos palestinos) habían cometido crímenes de guerra y, posiblemente, crímenes de lesa humanidad. La misma conclusión a la que había llegado Amnistía Internacional tras sus visitas de investigación a Gaza y el sur de Israel durante el conflicto e inmediatamente después.
El Informe Goldstone señalaba que “[la] prolongada situación de impunidad ha creado una crisis de justicia” y recomendaba que el Consejo de Seguridad de la ONU ejerciera su autoridad y remitiera la situación a la Corte Penal Internacional si ninguna de las partes llevaba a cabo investigaciones y garantizaba rendición de cuentas. En noviembre de 2009, la Asamblea General de la ONU dio un plazo de tres meses a Israel y a los grupos palestinos para que demostraran que estaban dispuestos a llevar a cabo investigaciones compatibles con las normas internacionales y eran capaces de hacerlo.
Ejemplo de respuesta temprana de la comunidad internacional fue el establecimiento por parte de la ONU de una misión internacional para investigar los acontecimientos del 28 de septiembre en Conakry (Guinea), cuando más de 150 personas perdieron la vida y hubo violaciones de mujeres en público durante la violenta represión de las fuerzas de seguridad de una manifestación pacífica en un estadio. En diciembre, la investigación concluyó que se habían cometido crímenes de lesa humanidad y recomendó remitir el caso a la Corte Penal Internacional, la cual inició un examen preliminar.
Para terminar, hemos visto un crecimiento exponencial de los mecanismos de “justicia transicional” en estos dos decenios, en los que muchos países que resurgían de un largo periodo de conflicto armado o represión política se enfrentaron a su pasado aplicando distintas modalidades de rendición de cuentas. En 2009 había procesos de verdad y reconciliación en curso y en seguimiento en Liberia, las islas Salomón y Marruecos/Sáhara Occidental, el único país de la región de Oriente Medio y Norte de África que se ha enfrentado de esa manera a los abusos cometidos en el pasado, aunque sin incluir un componente de justicia penal. Cuando, para contribuir a ese proceso, recopilamos toda la documentación de Amnistía Internacional pertinente –resultado de la investigación sobre casos individuales durante decenios–, nos resultó patente observar que, para alcanzar una reconciliación basada en la justicia, la rendición de cuentas debe acompañar la revelación de la verdad. Siempre existe la tentación de decir “lo pasado, pasado está”, pero la experiencia nos ha demostrado que permitir que los autores de los crímenes queden literalmente “sin castigo” puede contribuir a una paz inestable y a menudo efímera.
Poder y politización: obstáculos para la justicia
Aunque la rendición de cuentas ante la justicia por delitos de derecho internacional es, ahora más que nunca, una posibilidad, los acontecimientos de 2009 confirmaron que en el camino se interponen dos obstáculos monumentales, que habremos de superar si aspiramos a una rendición de cuentas significativa sobre la totalidad de los derechos humanos. El primero es el hecho de que algunos Estados poderosos siguen actuando por encima de la ley, al margen de un escrutinio internacional efectivo. El segundo es que los Estados poderosos manipulan las leyes para proteger del escrutinio a sus aliados y presionan para que se rindan cuentas principalmente en los casos en que les conviene políticamente. Actuando así, brindan un pretexto a otros Estados o bloques de Estados para politizar la justicia de igual modo.
A finales de 2009 el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional había sido ratificado por 110 Estados, pero sólo 12 de los países que forman el G-20 lo han hecho. China, Estados Unidos, India, Indonesia, Rusia y Turquía, entre otros, se han mantenido al margen de los esfuerzos de la justicia internacional cuando no los han socavado deliberadamente.
Al haberse excluido de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, Estados Unidos recibe menos presiones externas para que haga frente a los abusos cometidos por sus propias fuerzas en el contexto de su estrategia antiterrorista. Cuando el presidente Barack Obama tomó posesión de su cargo y ordenó el cierre del centro de detención de Guantánamo en el plazo de un año, así como el fin del programa de detención secreta y el uso de técnicas de interrogatorio “mejoradas”, estas acciones fueron recibidas como señales prometedoras. Sin embargo, al concluir 2009 aún había detenidos en Guantánamo y apenas se había avanzado en la exigencia de responsabilidades penales por las violaciones de derechos humanos cometidas allí o en relación con los demás aspectos de la “guerra contra el terror” dirigida por Estados Unidos.
También China evita el escrutinio internacional de sus acciones. En julio de 2009 se produjeron disturbios violentos tras la represión desatada por la policía contra una manifestación de carácter inicialmente pacífico organizada por miembros de la comunidad uigur en Urumqi, Región Autónoma Uigur del Sin-Kiang. El gobierno chino restringió el acceso a la información, detuvo a manifestantes no violentos y puso en marcha juicios rápidos y sin garantías en los que muchas personas fueron condenadas a muerte, 9 de ellas ejecutadas a los pocos meses de los sucesos. En diciembre se detuvo a 94 personas más y se condenó a muerte a otras 13. El acceso breve y controlado permitido a los periodistas tras los sucesos no fue en absoluto equiparable a un escrutinio internacional adecuado: China no respondió a la petición de visitar la zona formulada por el relator especial de la ONU sobre la cuestión de la tortura. El gobierno no es creíble cuando afirma que la rendición de cuentas está garantizada, ya que esa supuesta rendición de cuentas está cubierta por un velo de silencio y ejecuciones precipitadas.
A pesar de que las conclusiones de una investigación independiente encargada por la Unión Europea señalaban que todas las partes del conflicto entre Georgia y Rusia en 2008 habían cometido violaciones del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos, ni Rusia ni Georgia habían procesado a nadie al final del año y 26.000 personas seguían sin poder regresar a sus hogares. Cada vez fue más evidente que Rusia utilizaría su poder para proteger del escrutinio internacional tanto a sus soldados como a Osetia del Sur y Abjasia, regiones escindidas de Georgia. Concretamente, Rusia se opuso a la ampliación de los mandatos de dos misiones de observación internacional fundamentales en Georgia, pertenecientes a la ONU y a la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE). La Misión de Observación de la Unión Europea quedó así como único organismo de observación internacional operativo en Georgia, sin acceso a las zonas controladas por Rusia o por las autoridades de facto de Osetia del Sur y Abjasia en la zona que se había visto afectada por el conflicto.
Indonesia, otro peso pesado económico perteneciente al G-20, lleva más de 10 años sin garantizar rendición de cuentas por las violaciones de derechos humanos cometidas en 1999 durante el referéndum sobre la independencia de Timor Oriental auspiciado por la ONU, y durante los 24 años previos de ocupación indonesia. Si bien en el último decenio ha habido varias iniciativas judiciales apoyadas desde dentro y fuera del país, la mayoría de los presuntos autores de crímenes de lesa humanidad cometidos en 1999 siguen en libertad. Y todas las personas procesadas en Indonesia por ese motivo han sido absueltas.
El segundo obstáculo, la politización de la justicia internacional, hace que la lucha por la rendición de cuentas esté supeditada a una agenda política en la que se actúa para apoyar a los aliados y debilitar a los adversarios. Estados Unidos, por ejemplo, y algunos Estados de la Unión Europea, utilizaron su presencia en el Consejo de Seguridad de la ONU para seguir protegiendo a Israel de la adopción de medidas más contundentes de rendición de cuentas por sus acciones en Gaza. A su vez, el Consejo de Derechos Humanos, en un alarde de similar parcialidad política, decidió inicialmente que sólo se investigarían los abusos atribuidos a Israel. Cabe decir en su honor que el juez Richard Goldstone, a quien posteriormente se nombró jefe de la investigación, insistió en que la misión de investigación de la ONU debía examinar los abusos imputados tanto a Israel como a Hamás. También en el Consejo de Derechos Humanos, ni un solo país africano o asiático votó en contra de la resolución que aplaudía la conducta del gobierno srilankés en su guerra contra los Tigres de Liberación de Eelam Tamil.
La nula disposición de los poderosos a aplicarse tales normas ellos mismos y a sus aliados políticos beneficia a otros que ven así la manera de justificar sus propios dobles criterios, en ocasiones anteponiendo una idea equivocada de “solidaridad regional” a la solidaridad con las víctimas. Donde mejor se pudo ver esto fue en la respuesta inicial de los Estados africanos a la orden de detención contra el presidente sudanés Omar Al Bashir dictada por la Corte Penal Internacional. Pese a la gravedad de los crímenes que se le imputaban, la Asamblea de la Unión Africana, presidida por Libia, reiteró en julio su solicitud al Consejo de Seguridad de la ONU para que suspendiera las actuaciones judiciales contra el presidente de Sudán, decidió que los Estados miembros de la Unión Africana no cooperarían con la Corte en su detención y entrega y solicitó que la Comisión Africana convocara una reunión preparatoria para debatir las enmiendas al Estatuto de Roma para su presentación en la Conferencia de Revisión de 2010.
Después de viajar libremente por países que no habían suscrito el Estatuto de Roma, el presidente Omar Al Bashir fue invitado por Turquía, Nigeria, Uganda y Venezuela. Pero, tras la protesta generalizada de la sociedad civil, las cosas empezaron a cambiar. Sudáfrica anunció su intención de cumplir con sus obligaciones como Estado Parte en el Estatuto de Roma, y Brasil, Senegal y Botsuana manifestaron claramente su disposición a detener a Al Bashir si entraba en su territorio. No obstante, al final de 2009, el presidente sudanés continuaba en libertad y seguía alegando que los intentos de procesarlo tenían motivaciones políticas y mostraban un sesgo antiafricano. Para los cientos de miles de personas desplazadas en Darfur continúa la amenaza de sufrir más abusos y violencia, con la perspectiva de la reanudación de los combates en el sur de Sudán y el agravamiento de las privaciones.
Desafíos por delante: rendición de cuentas para todos los derechos
Los obstáculos para implementar la rendición de cuentas por las atrocidades en masa perpetradas en conflictos o campañas de represión política son reales, pero al menos el debate se ha ganado: nadie niega ya el principio de que los crímenes de guerra, los crímenes de lesa humanidad o las desapariciones forzadas no deben quedar sin castigo. Pero en cuando se trata de la negación masiva de los derechos económicos, sociales y culturales, no se observa un esfuerzo comparable para abordarla en el marco de la legalidad y la rendición de cuentas. Muchos dirán que son dos cosas distintas. Es cierto, sí, que masacrar a civiles no es lo mismo que privar a una población de su derecho a la educación, pero la privación de derechos como éste también vulnera las normas internacionales y tiene un impacto perjudicial sobre la vida de la gente. Por lo tanto, debe perseguírsela mediante la rendición de cuentas internacional.
Ahora falta convencer a los líderes mundiales de que el problema de los derechos económicos, sociales y culturales constituye una crisis de derechos humanos de la misma forma que lo es, por ejemplo, el conflicto de Darfur.
Consideremos el derecho a la salud, y en particular el azote de la mortalidad materna. Cada año mueren más de medio millón de mujeres por complicaciones relacionadas con el embarazo. La tasa de mortalidad materna en Sierra Leona, Perú, Burkina Faso y Nicaragua, por nombrar algunos de los países en los que se centró Amnistía Internacional en 2009, se ve afectada directamente por los abusos contra los derechos humanos. Como pude observar personalmente en Sierra Leona y en Burkina Faso, los gobiernos de estos países reconocen el problema y están tomando medidas para abordarlo. Pero estos gobiernos –así como la sociedad civil– deben dedicar más esfuerzos a las principales cuestiones de derechos humanos que contribuyen al elevado índice de muertes prevenibles, como la discriminación basada en el género, el matrimonio a edad temprana, la negación de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y las barreras que impiden el acceso a servicios esenciales de atención a la salud. La comunidad internacional debe brindarles su apoyo en esta empresa.
El derecho de los derechos humanos reconoce que una condición imprescindible para la realización de algunos aspectos de los derechos económicos, sociales y culturales es disponer de los recursos suficientes, y por tanto exige a cada Estado Parte “lograr progresivamente la plena efectividad” de estos aspectos adoptando medidas “hasta el máximo de los recursos de que disponga”. Pero los gobiernos no pueden quedarse satisfechos con utilizar como excusa la limitación de los recursos. La mortalidad materna prevenible en un país no es un simple reflejo de su pobreza o riqueza. Angola, por ejemplo, presenta una ratio de mortalidad materna muy superior a la de Mozambique a pesar de que este último es mucho más pobre. O veamos el caso de Guatemala, con una renta per cápita que casi duplica la de Nicaragua, pero ratios superiores de mortalidad materna.
Consideremos ahora el derecho a la vivienda: en 2009, Amnistía Internacional abordó la difícil situación de las decenas de miles de personas que se habían quedado sin hogar en Yamena (Chad) tras sufrir desalojos forzosos, y de los habitantes de los barrios marginales de El Cairo (Egipto), que seguían en peligro de morir a causa de desprendimientos de tierras u otras catástrofes porque las autoridades no les ofrecían alojamiento adecuado. En Nairobi (Kenia), Amnistía Internacional marchó junto a los habitantes de Kibera, el mayor barrio marginal de África, y de otros asentamientos precarios para reclamar su derecho a una vivienda y unos servicios adecuados. En Gaza, una de las consecuencias del conflicto de 2008-2009 destacadas por Amnistía Internacional ha sido la destrucción masiva de viviendas, sumada al bloqueo que impide que entren en Gaza los materiales necesarios para construir nuevos edificios. El bloqueo, acción equiparable a un castigo colectivo, que constituye un crimen de derecho internacional, afecta más duramente a los sectores más vulnerables.
Lo que tienen en común las poblaciones que se hallan en las situaciones mencionadas, por encima de cualquier otra cosa, es la pobreza. Son los pobres quienes sufren mayor discriminación y en quienes se hace más patente la necesidad de protección de todos los derechos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos. La discriminación es uno de los principales ejes conductores de la pobreza y, con frecuencia, se refleja en las políticas y presupuestos de los gobiernos. Y, en todo el mundo, la mayoría de las personas que viven en la pobreza, y quienes más discriminación sufren en la legislación y en la práctica, son mujeres. Ni el embarazo seguro, ni el alojamiento seguro, ni las rutas seguras a la escuela o al trabajo deberían estar reservados a un sector de la sociedad, ya se trate de los hombres o de la población adinerada.
Se están dando algunos pasos positivos para garantizar la rendición de cuentas ante la justicia por la negación de derechos económicos, sociales y culturales fundamentales. Los tribunales nacionales están interviniendo cada vez más para proteger estos derechos y para exigir cambios en la política gubernamental a fin de que no dejen de respetarse los derechos básicos a la salud, la vivienda, la educación y la alimentación. Y los mecanismos internacionales los están alentando a que vayan más lejos.
En una decisión sin precedentes adoptada en noviembre de 2009, por ejemplo, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Económica de Estados del África Occidental (CEDEAO), con sede en Abuja (Nigeria), declaró que la educación era un derecho humano al que todos los nigerianos debían tener acceso, señaló que el derecho a la educación podía hacerse valer ante los tribunales y desestimó todas las objeciones formuladas por el gobierno, según las cuales la educación era un asunto de política estatal y no un derecho legal de los ciudadanos.
Otro ejemplo fue el de una comunidad romaní de Miercurea Ciuc, en Rumania, que vivía desde 2004 en casetas y barracones metálicos cerca de una planta de tratamiento de aguas residuales después de haber sido desalojada a la fuerza de un edificio ruinoso del centro de la localidad, y había presentado un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en diciembre de 2008. Apoyada por ONG locales, esta comunidad había agotado todos los recursos nacionales para obtener reparación, y las resoluciones dictadas a su favor por tribunales nacionales en la práctica equivalían a nada.
La posibilidad de la rendición de cuentas internacional en este terreno experimentó un gran avance en septiembre de 2009 con la apertura a la firma del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que establece por primera vez un mecanismo internacional para la presentación de quejas individuales y que apoyará los esfuerzos en el seno de cada país para garantizar recursos efectivos a disposición de las víctimas.
El aumento de la rendición de cuentas por la negación de derechos económicos, sociales y culturales básicos se ha vuelto más importante que nunca a la luz de los efectos conjuntos de las crisis en materia alimentaria, energética y financiera que, se calcula, han empujado a la pobreza a muchos más millones de personas. El respeto a todos los derechos humanos, incluidos los derechos económicos, sociales y culturales, debe ser una parte esencial de todas las respuestas que se den a las crisis en la arena nacional e internacional.
Pero los gobiernos no son los únicos agentes que contribuyen a estas crisis. El comercio global crece en poder e influencia. Las decisiones que toman las empresas y la influencia que ejercen pueden repercutir profundamente en los derechos humanos de las personas. Demasiadas empresas se aprovechan de la ausencia de normas efectivas o trabajan mano a mano con gobiernos abusivos y a menudo corruptos, con consecuencias demoledoras.
Durante los últimos 15 años hemos visto cómo la ley ha ido ampliando su esfera de acción para proteger los intereses económicos globales mediante una serie de acuerdos internacionales de comercio e inversión respaldados por mecanismos destinados a hacerlos cumplir. Pero, mientras que los intereses económicos han conseguido que la ley trabaje a su favor, las personas perjudicadas por sus operaciones han visto con frecuencia que la ley se bate en retirada frente al poder empresarial.
En diciembre de 2009 se cumplió el 25 aniversario del catastrófico escape de sustancias químicas letales de la planta de pesticidas de Union Carbide en Bhopal (India). Miles de personas murieron y la salud de unas 100.000 todavía sufre las secuelas del escape. Aunque los sobrevivientes de Bhopal intentaron obtener justicia a través de tribunales de India y de Estados Unidos, un cuarto de siglo después del escape las medidas de rehabilitación aún distan mucho de ser adecuadas, y en ningún momento se han exigido responsabilidades a nadie por la fuga o sus consecuencias.
Todavía es excepcional que las empresas rindan cuentas de sus actividades de una manera significativa. Los intentos de garantizar justicia se malogran debido a sistemas judiciales ineficaces, falta de acceso a la información, intromisión de las empresas en los sistemas reguladores y jurídicos, corrupción y poderosas alianzas entre empresas y Estados. Aunque las corporaciones transnacionales, por definición, actúan por encima de las fronteras, todavía existen obstáculos jurídicos y jurisdiccionales importantes para emprender acciones judiciales contra las empresas en el extranjero. El comercio global funciona en una economía global, pero en ausencia de un Estado de derecho universal.
Sin embargo, pese a los enormes desafíos, las personas y comunidades afectadas por las actividades de las empresas transnacionales entablan cada vez más procesos civiles, tanto para conseguir que las empresas rindan cuentas como para obtener alguna clase de resarcimiento. En Nigeria, la corporación petrolera Shell lleva 50 años operando sin ningún control regulador efectivo. Debido a ello se han causado daños generalizados al medio ambiente y los derechos humanos. La justicia en Nigeria ha brillado por su ausencia para la mayoría de las comunidades cuya vida y medios de subsistencia han resultado perjudicados. En diciembre de 2009, un tribunal neerlandés admitió a trámite una demanda contra Shell entablada por cuatro nigerianos que pretendían ser indemnizados por los daños que los derrames de petróleo habían causado en sus medios de vida.
En un proceso civil de gran repercusión emprendido en el Reino Unido en 2009, la empresa comercializadora de petróleo Trafigura aceptó indemnizar con 45 millones de dólares estadounidenses a unas 30.000 personas afectadas por un vertido de residuos tóxicos en Abiyán (Costa de Marfil) como parte de un acuerdo alcanzado al margen de los tribunales. Los residuos llegaron a Abiyán en 2006 a bordo del barco Probo Koala, fletado por Trafigura; posteriormente fueron vertidos en diversas localidades de los alrededores de la ciudad. Más de 100.000 personas requirieron asistencia médica por múltiples problemas de salud y, según informes, se produjeron 15 fallecimientos.
Aunque pueden procurar cierto grado de justicia a las víctimas, estos acuerdos extrajudiciales suelen adolecer de graves limitaciones y no ofrecen rendición de cuentas ni medidas de reparación plenas. En el caso de Costa de Marfil todavía no se han abordado algunos aspectos críticos del impacto del vertido tóxico en los derechos humanos. Aún queda mucho más por hacer para subsanar las deficiencias jurídicas y jurisdiccionales que actualmente facilitan la impunidad empresarial. Las empresas que, en número creciente, declaran su compromiso con los derechos humanos, deben promover activamente estas iniciativas.
El próximo plan global: rendición de cuentas para todos los derechos
Los máximos dirigentes del mundo se reunirán en la sede de la ONU en septiembre de 2010 para examinar los avances en relación con sus compromisos para mejorar la vida de los pobres del planeta, plasmados en los Objetivos de Desarrollo del Milenio. A la luz de los indicios disponibles, distamos mucho de haber alcanzado las metas fijadas para 2015. El precio de este fracaso es que cientos de millones de personas se han visto privadas de su derecho a vivir con dignidad: no sólo a disfrutar de sus libertades políticas, sino también a tener acceso a la alimentación, la vivienda, la asistencia médica, la educación y la seguridad, todos ellos derechos proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Libres del temor, y libres de la miseria: ésa sigue siendo la meta.
Ahora es necesario un esfuerzo comparable para generar la misma energía dedicada a la creación de la Corte Penal Internacional y los mecanismos internacionales de justicia, en esta ocasión destinada a incorporar mayor rendición de cuentas en un orden económico y político mundial que no tiene en cuenta todos los derechos humanos. Hacen falta nuevas ideas. Los Objetivos de Desarrollo del Milenio no pueden quedarse en meras promesas. Deben basarse en el compromiso formal contraído por los gobiernos de hacer efectivos los derechos humanos fundamentales y, en consecuencia, deben existir mecanismos para exigir que los gobiernos rindan cuentas del cumplimiento de sus promesas. Y deben proporcionarse recursos efectivos cuando los Estados hayan incumplido su deber.
La rendición de cuentas mejoraría si los esfuerzos dirigidos a cumplir los Objetivos tuvieran plenamente en cuenta las opiniones de quienes viven en la pobreza. Las personas tienen derecho a participar en la toma de decisiones que afectan a su vida y a tener libre acceso a la información sobre dichas decisiones. Apenas hubo participación genuina de los propios titulares de los derechos en la elaboración de los Objetivos. Asimismo, el proceso de consecución de los Objetivos debe asegurar un escrutinio adecuado de las acciones de aquellos gobiernos que aplican políticas internas –incluso con repercusiones internacionales– que socavan la realización de los derechos fundamentales contenidos en los Objetivos. Todos los gobiernos, pero sobre todo los del G-20 que reclaman mayor protagonismo en el liderazgo global, deberían responder sobre si sus políticas se traducen en mejoras tangibles en la vida de los pobres del mundo.
En este esfuerzo para garantizar el disfrute de todos los derechos humanos por todas las personas, habría que recordar constantemente a los agentes estatales y no estatales sus responsabilidades y obligaciones jurídicas. Más que nunca, activistas de derechos humanos, organizaciones comunitarias, profesionales de la abogacía y otras personas están colaborando para conseguirlo, trabajando con quienes ocupan puestos de poder cuando existen objetivos comunes y, cuando no, desafiando su poder a través de medidas institucionales e individuales de rendición de cuentas. El propio movimiento de derechos humanos se está volviendo más global y diverso, mejor interconectado que nunca a través de las fronteras y las diversas disciplinas en pos de un proyecto integral de derechos humanos.
A punto de adentrarnos en la segunda década del milenio, Amnistía Internacional trabaja junto a sus asociados en un movimiento de esta naturaleza, que persigue reafirmar el valor de los derechos humanos universales: demostrar que esos derechos no se pueden dividir o parcelar, y que afectan directamente a la posibilidad de que las personas experimenten una vida plena. De esta manera, volvemos a expresar nuestro compromiso con una visión de los derechos humanos en la que, más allá de los Estados, los grupos armados y las empresas, cada persona es un agente de cambio, con derechos y también con obligaciones. Cada uno de nosotros tiene derecho a reclamar respeto, protección y realización de sus derechos al Estado y a la sociedad, pero también la obligación de respetar los derechos de los demás y actuar solidariamente para cumplir la promesa de la Declaración Universal.
EL ESTADO DE LOS DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA.
El conflicto armado interno siguió teniendo consecuencias devastadoras para la población civil, afectando con especial intensidad a las comunidades indígenas. Todas las partes implicadas en el conflicto–fuerzas de seguridad, paramilitares y grupos guerrilleros– fueron responsables de graves abusos contra los derechos humanos y violaciones del derecho internacional humanitario. El número de ejecuciones extrajudiciales de civiles amanos de las fuerzas de seguridad disminuyó y el número de desplazamientos forzados aumentó a un ritmomás lento que en años anteriores, pero se intensificaron otros abusos contra los derechos humanos. Se produjo un aumento de los homicidios demiembros de grupos socialesmarginados y pueblos indígenas y de las amenazas contra defensores y defensoras de los derechos humanos y otros activistas. Se amenazó y hostigó a testigos de homicidios y a víctimas de violaciones de derechos humanos y a sus familiares.
En septiembre, el gobierno anunció que desmantelaría el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS, el servicio de inteligencia civil) después de que aparecieran pruebas de que este organismo había interceptado de manera ilegal las comunicaciones de defensores de derechos humanos, periodistas, políticos de la oposición y jueces al menos durante siete años, y había cooperado con grupos paramilitares.
Siguieron registrándose avances en la investigación de la Corte Suprema de Justicia sobre el escándalo de la “parapolítica”. Unos 80 miembros del Congreso –pertenecientes en su mayoría a partidos de la coalición gobernante– se encontraban sometidos a investigación por sus presuntos vínculos con grupos paramilitares. Aumentaron las tensiones con varios países de la región, especialmente Venezuela, por la decisión del gobierno de permitir a las fuerzas armadas estadounidenses la utilización de siete bases militares en Colombia.
A continuación el Informe:
Informe Amnistía Internacional. Estado de los Derechos Humanos en el Mundo. 2010 Iusconstifil