Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Organización de los Estados Americanos
10/1/2014-RS-5004761
1º de octubre de 2014
REF: Ángel Lázaro Santiesteban Prats (Privado de Libertad)
MC-206-13
Cuba
Estimada señora:
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en nombre de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, con relación a la solicitud de medidas cautelares a favor de Ángel Lázaro Santiesteban Prast y su hijo en Cuba.
En atención a dicha comunicación, me permito informar a usted que la Comisión, en nota
remitida en la fecha, notificó al Gobierno de la Resolución N° 26/2014, cuya copia se adjunta a la presente comunicación. Mediante esta resolución la CIDH decidió el otorgamiento respecto del asunto de la referencia conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de su Reglamento.
La CIDH hace público en su portal de Internet (www.cidh.org) un resumen sobre las medidas
cautelares otorgadas. En este resumen se divulga la identidad de los beneficiarios, con excepción de los nombres de niños y niñas y de víctimas de violencia sexual. Asimismo, en caso de que los beneficiarios de las presentes medidas cautelares prefieran que su nombre completo no sea divulgado en el portal de Internet, deberán informar a la CIDH por escrito en forma inmediata. Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente,
Elizabeth Abi-Mershed
Secretaria Ejecutiva Adjunta
Señora
Elisa Tabakman