Revista Economía

¡La #facturaelectrónica ha resucitado y empieza a pegar fuerte! De ello hablaré el próximo 13N en @CEEIBahía de Cádiz

Publicado el 04 noviembre 2013 por Barborza @bartolomebz

FacturaElectronicaParecía que la factura electrónica había fallecido pero nada más lejos de la realidad. A la factura electrónica se le augura un papel importante de aquí en adelante. Os adelanto algunas de las cuestiones por las que creo firmemente que ésto va a ser así: Se están planteando algunos problemas acerca de cómo superar una inspección tributaria basada en facturas electrónicas simplificadas debido a la falta de concreción de algunos conceptos; se encuentra ya en el Senado el Proyecto de Ley de facturación electrónica que va establecer su uso dentro del ámbito de la Administración Pública, y están apareciendo nuevas herramientas basadas en la factura electrónica que traen consigo importantes beneficios económicos a las empresas.

El nuevo modelo simplificado de factura electrónica que introdujo el vigente Reglamento de facturación aprobado por RD 1619/2012 ha permitido que cualquier pyme y micropyme pueda hacer uso de esta fantástica herramienta ya que, su utilización, no requiere la realización de grandes inversiones, ni tampoco el empleo de complicados sistemas técnicos ni criptográficos. Sin embargo para que ésta tenga validez a efectos fiscales se han de cumplir una serie de requisitos que, me atrevería asegurar, muy pocos usuarios cumplen ¿Qué requisitos debe cumplir por tanto una factura electrónica simplificada para que tenga validez? ¿Entonces no es válido el envío de facturas en PDF por correo electrónico?

Asimismo, cada vez utilizamos más a menudo lo que hasta ahora veníaos denominando tiques y que el nuevo Reglamento ha suprimido y sustituído por facturas simplificadas. Ante esta situación y el hecho de obtener este tipo de documentos directamente de Internet, cabe preguntarse ¿son validos los tiques electrónicos que ahora son facturas simplificadas electrónicas? ¿Qué requisitos deben cumplir éstas desde el punto de vista técnico para que tengan validez a efectos fiscales?

Por otra parte, la factura electrónica ha sido encuadrada en un nuevo marco normativo: el de la morosidad y la contratación con el Estado, en el que va a jugar un papel esencial, algo que tendrán que cumplir todas aquellas empresas que vayan a contratar con el Estado, para lo cual se van a aprobar próximamente nuevas normas específicas reguladoras en esta materia.

En medio de este maremagnun de cuestiones, algunas aún pendientes de resolución definitiva, que casi a diario me plantean muchas personas, las empresas han ideado nuevas fórmulas que, basadas en el uso de la factura electrónica, permiten beneficiarse de deducciones fiscales que, anteriormente, no podían obtener y que pueden reportar sustanciales ahorros para las empresas.

De todo esto y más hablaré en el curso que lleva por título “Jornada sobre Facturación Electrónica simplificada para Pymes: El nuevo escenario normativo de las facturas electrónicas” y que se celebrará el próximo día 13 de noviembre en el Salón de Actos de CEEI Bahía de Cádiz (Centro Europeo de Empresas e Innovación), en el Puerto de Santa María en horario de 16:00 a 20:00 h.

 


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