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Menores infractores en cárceles para adultos en Nicaragua

Publicado el 30 julio 2014 por Globalhumanitaria @Ghumanitaria

Por Omar Treminio, director de Global Humanitaria en Nicaragua

En Nicaragua los adolescentes comprendidos entre los 15 y 18 años que participan en algún hecho calificado como delito son sometidos a juicio penal, para lo cual desde 1998 se crearon juzgados (o cortes) especializados en justicia penal de adolescentes, a través del Código de la Niñez y Adolescencia. Asimismo, este código estableció condiciones especiales en las que los adolescentes deben cumplir sus penas privativas de libertad y estableció la privación de libertad de adolescentes como una excepción.

De acuerdo con la licenciada Arely Méndez[1],  “menos del 5 por ciento de los detenidos por la Policía [Nacional] son menores de edad y menos del 1 por ciento de las personas que se encuentran en algún centro penitenciario nicaragüense son jóvenes que no han cumplido los 18 años[2].  En cifras absolutas se calcula que en 2013 había 216 adolescentes cumpliendo alguna pena.

Según el informe sobre los derechos humanos en Nicaragua 2013[3] del CENIDH[4] “los delitos de mayor prevalencia son robos y otros delitos menores, siendo el homicidio, asesinato y las violaciones situaciones aisladas”.

Pese a que el Código de la Niñez y Adolescencia estableció la obligación de crear Centros de Detención, después de 16 años de entrada en vigencia y de reiteradas recomendaciones del Comité Contra la Tortura de Naciones Unidas, aún no existen estos centros. Por este motivo, los adolescentes privados de libertad son recluidos en  sistemas penitenciarios donde también son encarceladas personas adultas. De ahí que las posibilidades que la cárcel reeduque y resocialice a adolescentes, se escapa. En la mayoría de los casos, los adolescentes que sufren encarcelamiento son proclives a continuar una vida de conflicto con la ley.

El mismo informe[5] del CENIDH refiere que en Nicaragua existen, aproximadamente, entre 10.000 y 12.000 personas detenidas mayores de 18 años. Informaciones  indican que aproximadamente el 65% de la población adulta encarcelada está comprendida entre los 18 y 30 años de edad, esto es: la población adulta encarcelada es mayoritariamente joven. Y es entendible, también en este segmento se ubica la mayor cantidad de población del país.

Con un país con un nivel de pobreza general del 44.1% y un Índice de Pobreza Multidimensional Juvenil[6] del 49.3%, es fácil deducir que ésta es la principal causa por la cual adolescentes y jóvenes incurren en conductas delictivas. Además debe tenerse presente que entre la adolescencia y juventud las personas asumen los mayores riesgos en sus vidas, por lo que estos dos factores (pobreza y período de toma de decisiones) hacen de la adolescencia y la juventud un período en que las probabilidades de ser encarcelado sean altas.


[1] Directora de la  Oficina Técnica para el Seguimiento del Sistema Penal de Adolescentes de la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua

[2] http://revistaatreveteyexplora.blogspot.com/2014/02/nicaragua-con-el-indice-mas-bajo-de.html (visit, 100714)

[3] Disponible en: http://www.cenidh.org/media/documents/docfile/Informe_CENIDH_2013_FinalWEB.pdf

[4] Centro Nicaragüense de Derechos Humanos

[5] Vid. págs. 67-71

[6] Informe Nacional de Desarrollo Humano 2011. Las juventudes construyendo Nicaragua. pág. 79


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