Hace una semanas, el Pleno del Congreso peruano aprobó el proyecto de Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas durante el conflicto interno que vivió el país entre 1980 y 2000 y establecerá una política de búsqueda de unos 16.000 desaparecidos. En este post hablamos con Janet Matta Villacrez, Directora Regional de la Oficina en Ayacucho y Miguel Huerta, Director General de la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH). Esta Organización llevó adelante dentro del denominado mega proceso, el caso de la masacre senderista de campesinos de Lucanamarca, consiguiéndose la condena a cadena perpetua de la cúpula senderista en diciembre de 2007.
¿Qué supone la reciente aprobación del proyecto de Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas?
“Constituye un paso significativo para el establecimiento de una política nacional de búsqueda de personas desaparecidas, pues se establece la articulación y disposición de medidas relativas a la búsqueda, recuperación, análisis, identificación y restitución de restos”, nos dice Miguel Huerta.”Así se dispone que se deberá aprobar un Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, encargándose al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos su diseño respectivo, así como la implementación correspondiente, labor que desarrollará en articulación con entidades públicas y privadas. Asimismo, se dispone el establecimiento de un Registro Nacional de Personas Desaparecidas y Sitios de Entierro. Se precisa además, que en el proceso de búsqueda de las personas desaparecidas, se promoverá la participación de los familiares”.
Además, nos sigue explicando Miguel Huerta, “se plantea también un proceso técnico y multidisciplinario destinado a ubicar y evaluar los sitios de entierro, registrar el perfil biológico de las víctimas, recuperar los restos humanos y analizarlos científicamente. Ello es importante, pues actualmente la labor de investigación forense se desarrolla en forma inorgánica y no planificada. Además, la ley aprobada regula el caso en que no se pueda identificar los restos humanos exhumados, disponiéndose la inhumación de manera individualizada y debidamente codificada en un sitio de entierro”.
“Otro aspecto a destacar de la norma es que se dispone que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos coordine y haga seguimiento al acompañamiento psicosocial, material y logístico a favor de los familiares, durante la búsqueda de las personas desaparecidas”, comenta Miguel Huerta.
¿Supondrá una verdadera reparación a las víctimas del conflicto armado interno entre 1980 y el año 2000?
“No supone una verdadera reparación, pues es sólo una parte de las reparaciones integrales, pues la Corte Interamericana de Derechos Humanos en diversa jurisprudencia, ha señalado que existen estándares de reparación, entre las cuales se encuentra: las garantías de no repetición, reconocimiento público, la justa indemnización, la restitución del bien jurídico vulnerado y las debidas diligencias en la investigación, juzgamiento y sanción de los responsables”, nos explica Janet Matta Villacrez. ”Cabe señalar que el cumplimiento de la ley debe ser promovida por el poder ejecutivo, el cual debe destinar la partida presupuestal correspondiente, así mismo, debe tomar las medidas para promover una búsqueda efectiva de los desparecidos”.
Fuente: Campaña #Reúne Perú
¿Cuáles son los mayores retos a los que se enfrenta Perú en cuanto a la Defensa de los Derechos Humanos?
En lo que toca a la defensa a los derechos humanos, sigue siendo un reto la judicialización de las graves violaciones de derechos humanos acontecidas durante el periodo del conflicto armado” nos explica Miguel Huerta. “Otro reto es la debida reparación a las víctimas, actualmente en materia de reparación económica se está otorgando un monto irrisorio de 10,000 nuevos soles (alrededor de 3,000 dólares americanos), lo cual ha sido cuestionado por los familiares de las víctimas, a ello se debe agregar que la inscripción en el Registro Único de Víctimas para acceder a ese beneficios fue cerrado en diciembre de 2011″.
“Actualmente se están presentando nuevas situaciones de vulneración de derechos humanos, como son la criminalización de la protesta social, casos de tortura y malos tratos a personas privadas de libertad, afectación a los derechos de pobladores indígenas, falencia en el reconocimientos e implementación de derechos a poblaciones vulnerables como mujeres, la población LGTBI, personas con discapacidad, afroperuanos, personas adultas, niños y adolescentes” señala Miguel Huerta.
“Además, para el 2017 se presenta el reto de contar con un nuevo Plan Nacional de Derechos Humanos, pues el actualmente vigente solo tiene periodo de vigencia hasta el 2016″.
En esta misma línea, Janet Matta Villacrez, señala que “el desarrollo y la incorporación del Perú como futuro país desarrollado, debe ir a la par de los Derechos Humanos, pues muchos defensores de los DDHH son constantemente victimizados por aparatos de poder como el caso Máxima Acuña y esto solo se consigue incluyendo en las currículas la educación en Derechos Humanos ”.
Foto: Los asháninkas se vieron involucrados en la violencia desatada, tanto por los grupos Sendero Luminoso y Movimiento Revolucionario Túpac Amaru, así como de las acciones desarrolladas por las fuerzas antisubversivas.© Joaquín Sancho
——————————————————————–
La Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH) es una asociación civil sin fines de lucro, con más de 35 años de experiencia en la defensa y promoción de los derechos humanos y la afirmación de la ciudadanía y la democracia en el Perú. La COMISEDH realiza para el cumplimiento de sus objetivos acciones de investigación, elaboración de propuestas de normas y políticas públicas, incidencia política, capacitación, comunicación, educación, asistencia legal y vigilancia ciudadana bajo enfoques de género, derechos humanos e interculturalidad.