El pasado día 1 de julio entró en vigor la reforma del Código Penal, que modifica el texto de 1995.
Estas son las 20 novedades más importantes de la reforma:
1. Prisión permanente revisable: para asesinatos graves; conlleva el cumplimiento íntegro de 25 a 35 años, tras esto, se revisará la condena y si no se cumplen unos estipulados requisitos el preso seguirá en prisión.
2. Financiación ilegal de partidos: si las donaciones son inferiores a 500.000 euros se castigará con una sanción administrativa, y con pena privativa de libertad las superiores, excepto los extranjeros que se fija en 100.000 euros. Además, se obligará a los partidos a crear organismos para prevenir y perseguir la corrupción en sus formaciones.
3. Decomiso: se permite el comiso ampliado, en el que los bienes decomisados emanan de otras actividades ilícitas del individuo, distintas a por las que fue condenado.
4. Supresión de las faltas: se suprimen las faltas del Código Penal y las merecedoras de responsabilidad penal se tipifican como delitos leves,
castigados con multa. El resto se perseguirá en la vía administrativa y civil.
5. Maltrato animal: la zoofilia, las peleas de gallos y perros serán castigados; además del abandono del animal cuando su vida esté en peligro. El maltratador animal será inhabilitado de uno a tres años para tener mascotas.
6. Terrorismo: se castiga el adiestramiento pasivo, los lobos solitarios y la figura del combatiente extranjero.
7. Cierre de mezquitas: se podrá cerrar cualquier local, religioso o civil que incite a la violencia, odio, radicalismo.
8. Variación de edad de consentimiento sexual: aumenta a dieciséis años la edad mínima de consentimiento para mantener relaciones sexuales.
9. Pornografía infantil: contactar con un menor para que facilite imágenes pornográficas a través de medios tecnológicos será delito. Las penas por prostitución sufren un aumento y se castigará al individuo que obligue a un menor a visionar un abuso o acoso sexual.
10. Protección de la mujer: el matrimonio forzado y el hostigamiento ha sido tipificado. La divulgación no autorizada de imágenes y/o vídeos íntimos será penado, aunque dichas imágenes y/o vídeos hayan sido obtenidas con el consentimiento de la víctima. Para garantizar el cumplimiento de la pena se castigará con la inutilización de dispositivos electrónicos.
11. Expulsión de europeos: un ciudadano comunitario que suponga una amenaza grave para la seguridad ciudadana podrá ser expulsado de España.
12. Atentado: se castigará con hasta tres años de privación de libertad las agresiones y amenazas graves a profesores y médicos.
13. Robos y hurto: las penas para robos/hurtos en el campo y para cables de cobre serán más restrictivas y estrictas.
14. Marisqueo furtivo: el furtivismo en el marisqueo se tipifica y será castigado con hasta dos años de privación de libertad.
15. Inhabilitación para corruptos: las penas para inhabilitación para cargo público y para el ejercicio de sufragio pasivo (listas electorales) serán mas restrictivas.
16. Indultos: cada seis meses el Gobierno deberá informar al Congreso los indultos concedidos y denegados.
17. Piquetes en huelga: para empresarios y para piquetes se incluyen multas y se reducen los tipos tanto.
18. Mensajes de odio y humillación en Internet: serán castigados los mensajes que supongan una humillación o menosprecio a grupos o personas por motivos racistas, orientación sexual, etc.
19. Inhabilitación docente: no podrán ejercer como profesores en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre los expresos de ETA condenados por terrorismo.
20.
Propiedad intelectual: será perseguido la explotación económica, reproducción, plagio, distribución y comunicación pública de una obra sin autorización del titular o titulares. Se prevé expresamente el bloqueo de páginas web.