Revista Jurídico

Principales novedades del código penal.

Por Damas26

El pasado día 1 de julio entró en vigor la reforma del Código Penal, que modifica el texto de 1995.

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Estas son las 20 novedades más importantes de la reforma:

1.   Prisión permanente revisable: para asesinatos graves; conlleva el cumplimiento íntegro de 25 a 35 años, tras esto, se revisará la condena y si no se cumplen unos estipulados requisitos el preso seguirá en prisión.

 2.   Financiación ilegal de partidos: si las donaciones son inferiores a 500.000 euros se castigará con una sanción administrativa, y con pena privativa de libertad las superiores, excepto los extranjeros que se fija en 100.000 euros. Además, se obligará a los partidos a crear organismos para prevenir y perseguir la corrupción en sus formaciones.

 3.   Decomiso: se permite el comiso ampliado, en el que los bienes decomisados emanan de otras actividades ilícitas del individuo, distintas a por las que fue condenado.

 4.   Supresión de las faltas: se suprimen las faltas del Código Penal y las merecedoras de responsabilidad penal se tipifican como delitos leves,

castigados con multa. El resto se perseguirá en la vía administrativa y civil.

 5.   Maltrato animal: la zoofilia, las peleas de gallos y perros serán castigados; además del abandono del animal cuando su vida esté en peligro. El   maltratador animal será inhabilitado de uno a tres años para tener mascotas.

 6.   Terrorismo: se castiga el adiestramiento pasivo, los lobos solitarios y la figura del combatiente extranjero.

 7.   Cierre de mezquitas: se podrá cerrar cualquier local, religioso o civil que incite a la violencia, odio, radicalismo.

 8.   Variación de edad de consentimiento sexual: aumenta a dieciséis años la edad mínima de consentimiento para mantener relaciones sexuales.

9.   Pornografía infantil: contactar con un menor para que facilite imágenes pornográficas a través de medios tecnológicos será delito. Las penas por prostitución sufren un aumento y se castigará al individuo que obligue a un menor a visionar un abuso o acoso sexual.

 

10.  Protección de la mujer: el matrimonio forzado y el hostigamiento ha sido tipificado. La divulgación no autorizada de imágenes y/o vídeos íntimos será penado, aunque dichas imágenes y/o vídeos hayan sido obtenidas con el consentimiento de la víctima. Para garantizar el cumplimiento de la pena se castigará con la inutilización de dispositivos electrónicos.

 11.  Expulsión de europeos: un ciudadano comunitario que suponga una amenaza grave para la seguridad ciudadana podrá ser expulsado de España.

12.  Atentado: se castigará con hasta tres años de privación de libertad las agresiones y amenazas graves a profesores y médicos.

 13.  Robos y hurto: las penas para robos/hurtos en el campo y para cables de cobre serán más restrictivas y estrictas.

 14.  Marisqueo furtivo: el furtivismo en el marisqueo se tipifica y será castigado con hasta dos años de privación de libertad.

 15.  Inhabilitación para corruptos: las penas para inhabilitación para cargo público y para el ejercicio de sufragio pasivo (listas electorales) serán mas restrictivas.

 16.  Indultos: cada seis meses el Gobierno deberá informar al Congreso los indultos concedidos y denegados.

 17.  Piquetes en huelga: para empresarios y para piquetes se incluyen multas y se reducen los tipos tanto.

 18.  Mensajes de odio y humillación en Internet: serán castigados los mensajes que supongan una humillación o menosprecio a grupos o personas por motivos racistas, orientación sexual, etc.

 19.  Inhabilitación docente: no podrán ejercer como profesores en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre los expresos de ETA condenados por terrorismo.

 20.  
Propiedad intelectual:
será perseguido la explotación económica, reproducción, plagio, distribución y comunicación pública de una obra sin autorización del titular o titulares. Se prevé expresamente el bloqueo de páginas web.


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