Los socios participan de las ganancias obtenidas por la empresa a través de los dividendos, que remuneran el capital que han invertido. Tanto si el reparto de dividendos se hace con cargo a beneficios como si se hace con cargo a reservas de libre disposición, los socios tendrán que pasar por caja (la de Hacienda, se entiende), puesto que esos rendimientos están sometidos a tributación. Sin embargo, hay una forma de pagar dividendos que permite a los socios hacer un “sinpa” (¡ojo!, completamente legal) y no tributar por esos beneficios. Seguir leyendo>>
Revista Coaching
Sus últimos artículos
-
Aumentan los convenios que congelan o reducen los sueldos
-
Todos suspenden en prevención de riesgos laborales: empresas, servicios de prevención, consultoras y asesores
-
Cinco prácticas que mejorarán los resultados de la formación
-
Los 5 errores garrafales del ERE en la televisión valenciana (que nunca cometerá su empresa)