Revista Coaching

Un conjunto de mínimos para el “despido económico”

Por Asesoriza

Un grupo de especialistas europeos en Derecho del Trabajo han consensuado un documento de mínimos en relación con el denominado “despido económico” (es decir, el despido objetivo por causas económicas). En él, insisten en la necesidad de que este mecanismo de rescisión del contrato laboral responda a un riesgo objetivo de la viabilidad de la empresa, de forma que no se convierta en un instrumento arbitrario. El Grupo Europeo de Derecho del Trabajo, formado por varios investigadores internacionales que se reunieron en la Universidad de Castilla-La Mancha, concluyeron que la redacción de esta medida, enmarcada en la reciente reforma laboral, resulta difusa y podría amparar eventuales abusos, un extremo que también apreciaron en las regulaciones laborales de otros países de la UE. Los expertos también hablaron de la conveniencia de armonizar la legislación europea para que no existan grandes diferencias en la regulación del despido por causas económicas.

Noticias relacionadas:

  1. Los ocho días que ahora cubre el Fogasa ¿son para cualquier tipo de despido objetivo o solo para los de causas económicas? PREGUNTA: Sabemos que tras la entrada en vigor de la...
  2. ¿Es nulo el despido objetivo por incumplir la obligación de abonar el periodo de preaviso? PREGUNTA: Estamos barajando la posibilidad de despedir a tres trabajadores...
  3. El Gobierno pretende endurecer las causas del despido objetivo de 20 días El Gobierno quiere endurecer el despido objetivo por causas económicas...

Volver a la Portada de Logo Paperblog