que la Junta de Andalucía sigue sin acatar.
¿Alguien me puede explicar cómo se puede gobernar con el nepotismo que está demostrando el gobierno andaluz? ¿Alguien me puede explicar qué se puede hacer cuando un gobierno no acata las sentencias dictadas por diferentes jueces?¿Alguien me puede explicar por qué esto no interesa a los medios de comunicación cuando somos 12.000 funcionarios y funcionarias que estamos atrapados en un concurso que tenía que estar resuelto desde el 25 de noviembre de 2011?Muchas preguntas para cero respuestas.
SSTSJA de 4 de octubre de 1999, 29 de febrero de 2000, 30 de octubre de 2000, 10 de julio de 2006 (recurso apelación 296/06), 30 de octubre de 2006 (recurso apelación 230/2005), 2 de julio de 2007, 7 de julio de 2008, 10 de julio de 2008, 16 de septiembre de 2011 (recurso de Apelación, nº. 391/2010, recurso contencioso 146/2008), 1 de diciembre de 2011 (recurso de apelación, nº. 404/2010, recurso contencioso 11/2011), 14 de diciembre de 2011 (recurso de apelación, nº. 394/2010, recurso contencioso 211/2011), 19 de diciembre de 2011 (recursod de apelación 2317/2007) 21 de diciembre de 2011 (recurso de apelación, nº. 566/2011, recurso contencioso 291/2010), 20 de febrero de 2012 (recurso de apelación 2544/2007), de 3 de mayo de 2012 (apelación 227/2012), de 10 de mayo de 2012 (recurso de apelación 234/2012, y de 10 de mayo de 2012 (recurso de apelación 264/2012).Auto de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de fecha 30 de diciembre de 2009 (casación 5394/2006), y las Sentencias firmes del Tribunal Supremo, Sala Tercera, de 26 de abril de 2010 (recurso de casación (2703/2007), 21 de junio de 2010 (recurso de casación 790/2007), 30 de junio de 2010 (recurso de casación 333/2007), 27 de julio de 2010 (recurso de casación 1257/2007), 3 de septiembre de 2010 (recurso de casación nº. 665/2007), 14 de septiembre de 2010 (recurso de casación 2574/2010), 18 de noviembre de 2010 (recursos de casación 5340/2007, 5146/2007, y 5150/2007), 20 de julio de 2011 (recurso de casación nº. 6398/2008), 18 de enero de 2012 (recurso de casación 1707/2009), 29 de febrero de 2012 (recurso de casación 3744/2009), y 21 de marzo de 2012 (recurso de casación 3298/2009).
Pendiente de adquirir firmeza entre otras Sentencia 193/2012, de 7 de mayo, del Juzgado de lo Contencioso nº 9, Derechos Fundamentales 735/2011.
Sentencias del Tribunal Constitucional 87/2009, de 20 de abril, Sala Primera, Fundamento Jurídico Séptimo, 137/2009, de 15 de junio, Sala Primera Fundamento Jurídico in fine, y los Autos del citado Tribunal Constitucional 112/2008, de 14 de abril, 63/1996, de 12 de marzo