Actualizado 10 abril 2018 09:56 La Crónica de Guadalajara La convocatoria para la campaña apícola 2018 de las ayudas para medidas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de la miel en Castilla-La Mancha se abre a partir de este miércoles, según consta en la resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural. Según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), los beneficiarios, en el caso de las actuaciones referidas a la asistencia técnica a los apicultores y a las agrupaciones de apicultores, lucha contra las agresiones y enfermedades de la colmena, en especial contra la 'varroosis' y medidas de apoyo para el análisis de los productos apícolas, serán las cooperativas apícolas y organizaciones representativas con personalidad jurídica propia integradas en su mayoría por apicultores. En el caso de las actuaciones de lucha, contra las agresiones y enfermedades de la colmena, en especial contra la 'varroosis', racionalización de la trashumancia, medidas de apoyo para el análisis de los productos apícolas, medidas de apoyo a la repoblación de la cabaña apícola, serán las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas, incluidas aquéllas de titularidad compartida. La cuantía total estimada de la presente convocatoria asciende a 770.000 euros, cofinanciadas al 50 por ciento con cargo a los Fondos Feaga de la Unión Europea, y al 50 por ciento restante con cargo a los presupuestos de la Administración General del Estado y a los presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 20 días naturales desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración recogidos. Las cantidades que correspondan para atender el pago de estas subvenciones se transferirán a las comunidades autónomas, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y conforme a lo establecido en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 23 de noviembre, General Presupuestaria, y teniendo en cuenta, en su caso, los remanentes de fondos resultantes al finalizar cada ejercicio presupuestario que se encuentren en poder de las comunidades autónomas. |